Descripción | De acuerdo con el art. 65.2 de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias, es transporte privado complementario aquel que se realice como complemento a la realización de una actividad empresarial cuyo objeto no sea principalmente el transporte o que resulte necesaria o adecuada para la correcta prestación de la misma, debiendo ser proporcional el número y capacidad de los vehículos al volumen de negocio de la actividad principal. |
¿Quién lo puede solicitar? | Personas física o jurídica titulares de autorizaciones de Transporte Privado de Mercancías. |
Documentación a aportar |
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¿Dónde solicitarlo? | En el Registro General del Excmo. de La Palma, en los Registros desconcentrados de Los Llanos de Aridane y San Andrés y Sauces o bien directamente en el Servicio del Transportes, sito en la Avda. Marítima nº 34 2ª planta (edificio antiguo Parador). |
Normativa |
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¿Quién tramita la solicitud? | Transportes |
Requisitos | Ser titular de autorización de Transporte Privado de Mercancías. |
Organismo resolutor | Transportes |
Trámites relacionados |
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3.
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