Descripción | El Servicio Insular de Apoyo y Respiro Familiar tiene como finalidad la conciliación de la vida familiar, laboral y social de los cuidadores que se dedican con carácter habitual y sin retribución, al cuidado de personas con discapacidad, con edades comprendidas entre los 3 y los 21 años, garantizando simultáneamente la adecuada atención de éstas. |
¿Quién lo puede solicitar? | Persona interesada mediante solicitud según modelo oficial. |
Documentación a aportar | La referida en el modelo de solictud que más abajo puede descargar. |
¿Dónde solicitarlo? | La solicitud acompañada de la documentación correspondiente, se presentará en el Registro General del Cabildo Insular de La Palma, en sus registros descentralizados de San Andrés y Sauces (Extensión Agraria) y/o Los Llanos de Aridane (Casa Massieu) o en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. |
¿Quién tramita la solicitud? | Asuntos Sociales |
Requisitos | 1. Las personas cuidadoras habrán de reunir los siguientes requisitos:
2. La persona con discapacidad deberá reunir los siguientes requisitos:
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Organismo resolutor | Asuntos Sociales |
Observaciones | El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto hasta el 22 de noviembre. |
Más información | En el Reglamento del Servicio Insular de Apoyo y Respiro Familiar, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, nº 81 del 16 de junio de 2014. |
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