Descripción | Consiste en otorgar la licencia, de carácter personal e intransferible, que permita el ejercicio de la caza en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias |
¿Quién lo puede solicitar? | Las personas mayores de catorce años |
¿Cuándo iniciar el trámite? | De 9.00 a 13.00 de Lunes a Viernes |
Documentación a aportar | Si se solicita la Licencia por primera vez: · Acreditación de la superación de las pruebas de aptitud para su obtención · Autorización de los representantes legales, cuando el solicitante fuera menor no emancipado formalizada en documento fehaciente o por comparecencia ante el propio Cabildo, diligenciada por el funcionario competente. · Documento Nacional de Identidad, documento equivalente identificativo o Pasaporte del padre, madre o tutor del solicitante menor de 18 años (salvo duplicados) · Documento Nacional de Identidad, documento equivalente identificativo o Pasaporte. · Póliza del seguro obligatorio de responsabilidad civil en vigor · Recibo del pago de tasas y recargos exigibles · Solicitud en modelo normalizado Si se solicita la renovación de la Licencia: · Autorización de los representantes legales, cuando el solicitante fuera menor no emancipado formalizada en documento fehaciente o por comparecencia ante el propio Cabildo, diligenciada por el funcionario competente. · Documento Nacional de Identidad, documento equivalente identificativo o Pasaporte del padre, madre o tutor del solicitante menor de 18 años (salvo duplicados) · Documento Nacional de Identidad, documento equivalente identificativo o Pasaporte. · Póliza del seguro obligatorio de responsabilidad civil en vigor · Recibo del pago de tasas y recargos exigibles . Solicitud en modelo normalizado |
Medios de contacto | Teléfono: 922423100 ext 6820 Fax: 922 420145 email: caza.lapalma@cablapalma.es |
¿Dónde solicitarlo? | En el Registro General del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en los Registros Auxiliares o descentralizados de Los Llanos de Aridane y San Andrés y Sauces; o bien directamente en el Servicio de Medio Ambiente, Seguridad y Emergencias, sito en Avenida Los Indianos nº 20-2º, 38700 Santa Cruz de La Palma |
Precio y forma de pago | CLASE DE LICENCIA ( Precio Actual en Solicitud de Presente Temporada) A1: escopeta y perros A1-C: escopeta, hurón y perros A1-R: caza mayor A1-C1-R: escopeta, hurón, perros y caza mayor B1: perros B1-C: perros y hurón B1-R: caza mayor sin armas de fuego A2: escopeta y perros (menores, 16 -17 años) A2-C: escopeta, hurón y perros (menores, 16 -17 años) A2-R: caza mayor (16-17 años) B2: perros (14 a 17 años) B2-C: perros y hurón (14 a 17 años) Recargos: C: complemento hurón R: recargo caza mayor Forma de pago: Oficina auxiliar de Recaudación sita en C/ Álvarez de Abreu nº 70, 1ª planta (S/C de La Palma), o bien en cualquier sucursal de la Caixa en la cuenta 2100 9169 07 2200180703 |
Normativa | ·Ley 7/1998, de 06 de julio, de Caza de Canarias ·Decreto 42/2003, de 07 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 7/1998, de 06 de julio, de Caza de Canarias |
¿Quién tramita la solicitud? | Medio Ambiente |
Forma de iniciacion | A petición del interesado |
Requisitos | Se tramita presencialmente en el Cabildo Insular o ante la Federación Insular de Caza. Se requiere el cumplimiento y acreditación fehaciente de: a) Tener cumplidos los 14 años de edad b) Contar con autorización expresa de su representante legal, respecto a los menores de edad, y mayores de 14 años, no emancipados c) No hallarse inhabilitados para la práctica cinegética por resolución judicial o administrativa firme, ni suspendidos para dicho ejercicio d) Haber superado las pruebas de aptitud e) Disponer de la preceptiva licencia o permiso de armas en vigor, respecto a las licencias que habiliten para el ejercicio de la caza con armas de fuego f) Abonar las tasas y recargos exigidos por la legislación aplicable g) Tener suscrito seguro obligatorio de responsabilidad civil del cazador, en vigor |
Subsanación | Plazo de diez días para que acompañe los documentos preceptivos. Si no lo hiciera se tendrá por desistido de su petición |
Organismo resolutor | Medio Ambiente |
Efectos presuntos | Estimatorio |
Fin de la vía administrativa | La resolución pone fin a la vía administrativa |
Recursos | Recurso Potestativo de Reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, o bien interponer directamente Recurso Contencioso -Administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Jurisdicción Contencioso - Administrativa |
Observaciones | Organo Resolutor: Consejero de Medio Ambiente, Seguridad y Emergencias Plazo de Resolución: Un mes a partir de la solicitud |
922 423 100
Cabildo Insular de La Palma
Avenida
Marítima
3.
38700
Santa Cruz de La Palma
(Santa Cruz de Tenerife)
Teléfono: 922 423100
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Correo electrónico: atencion.ciudadana@cablapalma.es