Descripción | Las bases reguladoras de las ayudas a la movilidad para estudiantes palmeros fuera de la isla de La Palma, tienen por objeto regular el procedimiento para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva de las mencionadas ayudas destinadas a todos los estudiantes con residencia habitual en la isla de La Palma que cursen estudios universitarios, máster y cursos de extensión universitaria o de postgrado y módulos profesionales, en cualquier rama o disciplina en centros educativos públicos fuera de la isla de La Palma, durante el curso académico al que se refiera la correspondiente convocatoria. |
¿Quién lo puede solicitar? | Podrán resultar beneficiarios de esta línea de ayuda los estudiantes con residencia habitual en la isla de La Palma que en el curso académico especificado en la correspondiente convocatoria cursen, en centros públicos de otras islas del archipiélago canario, en la península o en el extranjero, los siguientes estudios: - Estudios universitarios presenciales. - Estudios Superiores Artísticos presenciales. - Ciclos Formativos de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Profesionales de Grado Medio y Superior presenciales. |
Documentación a aportar |
NOTA: Consultar Bases para ver los requisitos que debe cumplir la documentación a aportar. |
¿Dónde solicitarlo? | Una vez publicado el correspondiente extracto de convocatoria de las ayudas a la movilidad en el Boletín Oficial de la Provincia, las solicitudes se formalizarán en el modelo normalizado disponible en la Sede Electrónica del Cabildo Insular de La Palma (http://sedeelectronica.cabildodelapalma.es), a través del trámite habilitado para ello, conforme determina el apartado 4 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, adjuntando asimismo la documentación acreditativa de las distintas condiciones exigidas en las presentes Bases. |
Plazo de tramitación | El plazo de tramitación es de 1 Meses |
¿Quién tramita la solicitud? | Transportes |
Organismo resolutor | Transportes |
Observaciones | El plazo comenzará el día 20 de junio de 2022 y finalizará el próximo día 18 de julio de 2022, ambos inclusive (Artículo 30.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). |
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