Descripción |
Declaración Responsable de Inicio de Actividad de Establecimiento Turístico de Alojamiento |
¿Quién lo puede solicitar? |
Personas físicas o jurídicas interesadas en iniciar actividades de establecimientos turísticos de alojamiento, que dispongan de derecho subjetivo suficiente sobre las instalaciones precisas para su desarrollo. |
Documentación a aportar |
- Declaración responsable de Inicio de la Actividad, según modelo oficial.
- Solicitud de Dispensa, en su caso.
- Documentación acreditativa de la personalidad del titular de la explotación (DNI, CIF, escritura de constitución, etc) y, en su caso, de la persona que lo represente (DNI, poder de representación, etc.).
- Documentación acreditativa del derecho subjetivo suficiente sobre el establecimiento (escrituras de propiedad, contrato de explotación, etc). En particular, las escrituras deberán recoger las precisiones contenidas en el art. 9.3 de la Ley 6/2002.
- Proyecto de Ejecución de la obra realmente ejecutada del establecimiento, según lo previsto en el Código Técnico de la Edificación, una copia en formato digital firmado por Técnico competente (En el caso de haberse realizado obras en el establecimiento).
- Licencia Urbanística correspondiente (de Obras y/o de Legalización) y/o documentación que acredite la Comunicación Previa ante el Ayuntamiento correspondiente.
- Licencia de primera ocupación y/o comunicación previa, según el caso.
- Información del medio /s o soporte/s que se utiliza para la publicidad, oferta y gestión.
- Memoria de la actividad turística a desarrollar, con mención a los servicios pretendidos y las condiciones y forma de explotación, a los efectos del cumplimiento del principio de Unidad de Explotación.
- Documento que acredite la asistencia médica, propia o concertada (copia de la póliza de responsabilidad civil con indicación expresa de la cobertura a terceros y copia de cartel informativo con los nº de teléfono, dirección y horarios de: emergencias, policía, bomberos y los centros de salud cercanos al establecimiento).
- Catálogo de servicios y uso de equipamientos del establecimiento, que se redactará como mínimo en español y otro idioma de libre elección.
- Lista de precios, que se redactará como mínimo en español y otro idioma de libre elección.
- Cartel de sensibilización medioambiental, que se redactará como mínimo en español y otro idioma de libre elección.
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¿Dónde solicitarlo? |
En el Servicio de Turismo del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, Avenida Marítima, 34, 2ª planta, 38700 Santa Cruz de La Palma. Alternativamente: En el Registro General del Excmo. Cabildo Insular de La Palma (Avenida Marítima, 3) y en los Registros desconcentrados de Los Llanos de Aridane y San Andrés y Sauces. |
Normativa |
- LEY 7/1995, de 6 de abril, de ordenación del turismo de canarias.
- LEY 6/2002, de 12 de junio, sobre medidas de ordenación territorial de la actividad turística en las islas de El Hierro, La Gomera y La Palma.
- LEY DE RENOVACIÓN Y MODERNIZACIÓN TURÍSTICA DE CANARIAS Ley 2/2013, de 29 de mayo (B.O.C. no 103, de 31.05.13)
- REGLAMENTO DE LA ACTIVIDAD TURÍSTICA DE ALOJAMIENTO, aprobado mediante Decreto 142/2010, de 4 de octubre.
- ANEXOS DEL REGLAMENTO DE LA ACTIVIDAD TURÍSTICA DE ALOJAMIENTO (pág. 26401-26408), según publicación inicial de fecha 15.10.10
- DECRETO 232/2010, de 11 de noviembre, por el que se establece el régimen aplicable en las Islas de El Hierro, La Gomera y La Palma a los establecimientos turísticos de alojamiento en Suelo Rústico.
- DECRETO 117/2006, de 1 de agosto, por el que se regulan las condiciones de habitabilidad de las viviendas y el procedimiento para la obtención de la cédula de habitabilidad, en su carácter supletorio a la normativa específica.
- DECRETO 10/2001, de 22 de enero, por el que se regulan los estándares turísticos.
- DIRECTRICES DE ORDENACIÓN DEL TURISMO (DOT) de Canarias, aprobadas mediante Ley 19/2003, de 14 de Abril.
- PLAN INSULAR DE ORDENACIÓN de la isla de La Palma (PIOLP), aprobado mediante Decreto 71/2011, de 11 de marzo.
- PLAN TERRITORIAL ESPECIAL (PTE) de Ordenación de la actividad turística de la isla de La Palma, aprobado de modo parcial, mediante Decreto 95/2007, de 8 de mayo, y complementado por el Decreto 120/2010, de 2 de septiembre, por el que se aprueban definitivamente los ámbitos suspendidos de dicho Plan.
- DECRETO 50/2011, de 8 de abril, del Presidente, por el que se establecen los formatos y las características de las placas-distintivo de los establecimientos turísticos de alojamiento, de restauración y de intermediación turística.
- DECRETO 84/2010, de 15 de julio, por el que se regula el sistema de información turística, el Registro General Turístico y el sistema informático que les da soporte
- JURISCAN Legislación Canaria en materia de Turismo
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¿Quién tramita la solicitud? |
Turismo |
Forma de iniciacion |
A petición del interesado |
Organismo resolutor |
Turismo |
Más información |
Para mayor información, dudas o aclaraciones sobre el trámite tratado, pueden dirigirse al Servicio de Turismo del Cabildo Insular de La Palma, cuyos datos de contacto se indican a continuación: SERVICIO DE TURISMO Dirección: Avda. Marítima, 34, 2ª planta, 38700 Santa Cruz de La Palma Tel.: +34 922 423 100 Ext. 2413/2415 Fax.: +34 922 420 030 email: servicio.turismo@cablapalma.es |