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Descripción | La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, permite a todas las personas, en ejercicio de su Derecho de Acceso a la Información Pública, a solicitar información en aquellos ámbitos de la actividad de esta Corporación que no estén cubiertos por la parte de publicidad activa, es decir, que no se encuentren publicados en el Portal de Transparencia del Cabildo, todo ello dentro de los límites previstos en dicha Ley. En el mismo sentido, se pronuncia el art. 3 y ss. del Reglamento de Participación Ciudadana del Cabildo Insular de La Palma, apartado 3 y ss de la Instrucción para el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa y ejercicio del derecho de información del Cabildo Insular de La Palma, recogiendo el derecho de la ciudadanía a ser informada de las actividades insulares; al acceso a los archivos públicos y a la utilización de todos los medios de información general que el Cabildo establezca, en los términos y con el alcance que determine la legislación sobre la materia El Cabildo de La Palma pone a su disposición, a través de este servicio, la posibilidad de ejercer este derecho, mediante la presentación de la correspondiente solicitud. Puede presentar la solicitud de información, en la forma y por los medios indicados en el documento explicativo "Acceso a la Información Pública" adjunto. ESTE TRAMITE NO DE USARSE PARA OTROS FINES (PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS O SOLICITUDES QUE NO SEAN RELATIVOS A "ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA"), PARA ELLO DEBE USAR LOS MECANISMOS ADECUADOS A CADA UNO DE LOS TRAMITES PARTICULARES. |
¿Quién lo puede solicitar? | Cualquier persona física o jurídica. |
¿Cuándo iniciar el trámite? | Presencialmente, en los horarios establecidos para las oficinas de Atención al ciudadano. Telemáticamente, en cualquier momento. |
Documentación a aportar | Formulario de solicitud de información publicado en la sede electrónica. |
¿Dónde solicitarlo? | En la Oficina de Atención Ciudadana del Cabildo Insular de La Palma, Oficinas de Registro de Entidades y Organismos Públicos adheridos al Convenio ORVE, Registro Electrónico Común o a través del Registro de la sede electrónica del Cabildo |
Plazo de tramitación | El plazo de tramitación es de 30 Días |
Normativa |
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¿Quién tramita la solicitud? | Partipacion ciudadana |
Forma de iniciacion | A petición del interesado |
Requisitos | 1.-Las solicitudes de información se formalizarán por escrito, cumplimentando los modelos normalizados establecidos al efecto, o a través de los cauces telemáticos previstos. 2. No obstante, serán admitidas a trámite las solicitudes de información presentadas en formato distinto, siempre que en las mismas consten los datos que permitan la identificación de quienes las suscriban, su domicilio a efectos de la remisión de la correspondiente comunicación y el contenido de la solicitud de información. 3. Si dispone de certificado digital o DNI electrónico reconocido por el Cabildo insular de La Palma para identificarse, podrá presentar sus solicitud a través del registro electrónico. |
Organismo resolutor | Partipacion ciudadana |
Efectos presuntos | Desestimatorio |
Fin de la vía administrativa | La resolución pone fin a la vía administrativa |
922 423 100
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