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Solicitud de subvenciones para el Fomento de la Contratación Laboral (año 2026)

Descripción
Solicitud de subvenciones para el Fomento de la Contratación Laboral (año 2026)
Finalidad

Subvenciones destinadas a fomentar la incorporación de trabajadores desempleados al mercado laboral de la isla de La Palma, incentivando a las personas autónomas y a las empresas, a través de la financiación de parte de los costes laborales, por la contratación indefinida de personas desempleadas, a efectos de fomentar el empleo contribuyendo a la creación de empleo estable, el mantenimiento del empleo, la mejora de la productividad y competitividad del sector empresarial de la Isla.

Quien lo puede Presentar

Tendrán la condición de beneficiarios de las subvenciones, las personas físicas o jurídicas, tales como las personas autónomas, las sociedades mercantiles, entidades de economía social, sociedades civiles, comunidades de bienes u otras actividades económicas sin personalidad jurídica, entidades sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, privadas, legalmente constituidas, que tengan centros de trabajo en la isla de La Palma y formalicen contratos indefinidos con personas desempleadas inscritas en el Servicio Canario de Empleo, en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2025 y el 31 de julio de 2026, ambos inclusive, en los términos previstos en las Bases y que cumplan con los siguientes requisitos que se indican a continuación:

  1. Haber iniciado o reiniciado su actividad empresarial, profesional o artística antes de la fecha de presentación de la solicitud de subvención. Se entenderá como fecha de inicio de la actividad la fijada en la declaración censal de alta en el censo de obligaciones tributarias (modelo 036/037) de la Agencia Tributaria.
  2. Tener el domicilio fiscal o sede social o algún centro de trabajo en la isla de La Palma. Se entenderá el que figure en el certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT.
  3. Que se trate de personas autónomas, o en el caso de personas jurídicas, se trate de microempresas o pequeñas empresas, incluidas empresas de economía social, comunidades de bienes, sociedades civiles o agrupación u otras actividades económicas sin personalidad jurídica, legalmente constituidas, entendiéndose como microempresas aquellas que ocupan a menos de 10 trabajadores y cuyo volumen de negocios anuales o balance general anual no exceden de los 2 millones de euros y como pequeñas empresas aquellas que ocupan entre 10 y 49 trabajadores y cuyo volumen de negocios anuales o balance general anual no exceden de los 10 millones de euros, y que cumplan el criterio de independencia. Se considerarán independientes aquellas empresas en las que el 25% o más de su capital o de sus derechos de voto no pertenecen a otra empresa, o conjuntamente a varias empresas que no puedan clasificarse como pequeñas y medianas empresas, según lo publicado en la Recomendación de la Comisión Europea, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de pequeñas y medianas empresas (2003/361/CE).
  4. En el caso de comunidades de bienes o sociedades civiles, que aún careciendo de personalidad jurídica propia puedan llevar a cabo las actividades para los que se destina la subvención, deberán de nombrar un representante con poderes acreditados para representar la misma y cumplir las obligaciones como beneficiario. Además, de que cada socio o comunero deberá responder por sus aportaciones y habrá de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine reglamentariamente (Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones).
  5. En el caso de entidades sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, privadas (asociaciones, fundaciones, federaciones, club deportivos, etc.), deberán estar legalmente constituidas y sus estatutos debidamente registrados en el registro correspondiente.
  6. Que el solicitante incremente con la nueva contratación subvencionada la plantilla media en relación al periodo de los dos (2) meses inmediatamente anteriores a la contratación indefinida objeto de subvención.
Plazos de Presentación
14/07/2026 00:00:01 - 04/09/2026 23:59:59
Presentación

ÚNICAMENTE de forma TELEMÁTICA en la sede electrónica del Cabildo Insular de La Palma, a través del procedimiento del trámite habilitado al efecto, según el modelo normalizado oficial específicamente elaborado por el Cabildo Insular de La Palma.

 

 

Plazo de resolución

El plazo máximo para dictar y publicar la resolución del procedimiento será de seis meses, computándose a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de las solicitudes de subvención.

Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio

Las/os interesadas/os podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo, si transcurrido el plazo máximo señalado en el párrafo anterior, no se ha dictado y notificado resolución expresa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recursos

Contra la Resolución de concesión de la subvención que no agota la vía administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 101.2 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular (publicado en el BOP Nº 33 de 16 de marzo de 2018), en concordancia con el artículo 85.2 de la Ley 3/2026, de 16 de junio, de cabildos insulares, las/os interesadas/os que se consideren lesionados en sus derechos, podrán interponer Recurso de Alzada ante la Presidencia del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en el plazo de UN (1) MES contado desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución de concesión en el Tablón de Anuncios de la Corporación en su sede electrónica https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30.4, 45.1 b), 121.1 y 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto recurso, la resolución será firme a todos los efectos.

Normativa básica

Todo lo no dispuesto en las presentes bases reguladoras se regirá por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, en la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Cabildo Insular de La Palma (BOP nº 100, 22 de junio de 2005), supletoriamente, la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las Bases de Ejecución del Presupuesto General de la Corporación y cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.

Información Adicional

Bases reguladoras de concesión de subvenciones para la puesta en marcha de proyectos empresariales en la isla de La Palma, aprobadas por la Comisión del Pleno de Educación, Formación y Empleo,  y Artesanía, del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en Sesión Ordinaria celebrada el 4 de junio de 2026.

www.bopsantacruzdetenerife.es/boletines/2026/15-6-26/15-6-26.pdf

 

RESOLUCIÓN Nº 2026/6847 DE FECHA 1/07/2026 DE LA MIEMBRO CORPORATIVA TITULAR DEL ÁREA DE MEDIO NATURAL, TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y LUCHA CONTRA EL CAMBIO CLIMÁTICO, EDUCACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO, Y ARTESANÍA POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PARA EL 2026 DE LAS SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO A LA CONTRATACIÓN LABORAL.

www.bopsantacruzdetenerife.es/boletines/2026/13-7-26/13-7-26.pdf

Documentación relacionada
Otros documentos internos

ANEXO VIII CARTEL PUBLICIDAD FCL

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ANEXO VII DECLAR RESP DOCUM OBRA ADMIN

Otros documentos internos

ANEXO VI DECLAR RESP ENTIDADES SIN ANIMO LUCRO

Otros documentos internos

ANEXO V DECLARACIÓN TRABAJADOR AUTOR DATOS

Otros documentos internos

ANEXO IV RELACIÓN TRABAJADORES SOLIC SUBV

Otros documentos internos

ANEXO III CONSENTIMIENTO COMUNEROS CERTIF DEUDAS CABILDO

Otros documentos internos

ANEXO II Acreditación de Representación y Declaración Responsable

Otros documentos internos

ANEXO I SOLICITUD

Nivel de identificación del solicitante
Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Substancial:
Acceso mediante sistema Cl@ve
Documentos a Presentar
Obligatorios
11. Solicitud de subvención debidamente cumplimentado y firmado electrónicamente, de conformidad con el ANEXO I
Personas físicas
21. Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI), sólo aportar en el caso de no autorizar su consulta
22. Copia del Número de Identidad de Extranjero (NIE) o Certificado de Ciudadano de la Unión, junto con la copia del Pasaporte o del documento de identidad del país de origen en vigor de la persona que firma la solicitud.
22. Copia del Número de Identidad de Extranjero (NIE) o Certificado de Ciudadano de la Unión, junto con la copia del Pasaporte o del documento de identidad del país de origen en vigor de la persona que firma la solicitud, en el caso de los peticionarios extranjeros.
23. Certificado de la situación censal en el Impuesto de Actividades Económicas emitido por la AEAT, sólo aportar en el caso de no autorizar su consulta
24. Certificados acreditativos de estar al corriente de sus obligaciones con la Tesoreria General de la Seguridad Social, con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, con la Agencia Tributaria Canaria.
24. Certificados acreditativos de estar al corriente de sus obligaciones con la Tesoreria General de la Seguridad Social, con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, con la Agencia Tributaria Canaria y autorización para la consulta del cumplimiento de obligaciones con el Cabildo Insular de La Palma y con sus Organismos Autónomos, sólo aportar en el caso de no autorizar su consulta
25. Copia de la solicitud o resolución de concesión del aplazamiento/fraccionamiento de deudas con la Tesorería General de la Seguridad Social y/o con la Agencia de la Administración Tributaria, en su caso
26. Anexo II. Acreditación de Representación y declaración responsable
Anexo II. Acreditación de Representación y declaración responsable
Personas jurídicas
31. Copia del CIF/NIF de la empresa
32. Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) del representante legal, sólo aportar en el caso de no autorizar su consulta
33. Copia del Número de Identidad de Extranjero (NIE) o Certificado de Ciudadano de la Unión, junto con la copia del Pasaporte o del documento de identidad del país de origen en vigor de la persona que firma la solicitud...
33. Copia del Número de Identidad de Extranjero (NIE) o Certificado de Ciudadano de la Unión, junto con la copia del Pasaporte o del documento de identidad del país de origen en vigor de la persona que firma la solicitud, en el caso de representantes extranjeros
34. Acreditación de la representación (poder notarial, nota simple del registro mercantil, documento del órgano directivo de la Entidad que le acredite como representante, declaración en comparecencia personal del interesado ...
34. Acreditación de la representación (poder notarial, nota simple del registro mercantil, documento del órgano directivo de la Entidad que le acredite como representante, declaración en comparecencia personal del interesado o por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna). Si la solicitud es presentada por medio del certificado acreditativo de representante, se entenderá acreditada dicha representación si esta es realizada conforme a lo dispuesto en el artículo 32.3 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
35. Acreditación de la representación y declaración Responsable de cada uno de los comuneros o socios, en el caso, de comunidades de bienes, sociedades civiles y otras entidades mercantiles sin personalidad jurídica propia (ANEXO II)
36. Certificado de la situación censal en el Impuesto de Actividades Económicas emitido por la AEAT, sólo aportar en el caso de no autorizar su consulta
37. Certificados acreditativos de estar al corriente de sus obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social, con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, con la Agencia Tributaria Canaria y del cumplimiento de obligaciones ...
37. Certificados acreditativos de estar al corriente de sus obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social, con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, con la Agencia Tributaria Canaria y del cumplimiento de obligaciones con el Cabildo Insular de La Palma y con sus Organismos Autónomos, sólo aportar en el caso de no autorizar su consulta.
38. Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o en el caso de extranjeros el Número de Identidad de Extranjero (NIE), junto con la copia del Pasaporte o del documento de identidad del país de origen en vigor de cada uno de los socios y/o ...
38. Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o en el caso de extranjeros el Número de Identidad de Extranjero (NIE), junto con la copia del Pasaporte o del documento de identidad del país de origen en vigor de cada uno de los socios y/o comuneros
39. Anexo III. Certificados acreditativos de cada uno de los socios y/o comuneros de encontrarse al corriente de sus obligaciones con la Agencia Tributaria Estatal, con la Agencia Tributaria Canaria y con la Seguridad Social o, en su caso, ...
Certificados acreditativos de cada uno de los socios y/o comuneros de encontrarse al corriente de sus obligaciones con la Agencia Tributaria Estatal, con la Agencia Tributaria Canaria y con la Seguridad Social o, en su caso, el consentimiento expreso al Cabildo Insular para la consulta y verificación de datos según modelo normalizado (ANEXO III)
40. Documentación acreditativa de estar debidamente inscrita en el registro público correspondiente, solo en caso de entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia, privadas
Documentación acreditativa de estar debidamente inscrita en el registro público correspondiente, solo en caso de entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia, privadas
41. Copia de la solicitud o resolución de concesión del aplazamiento/fraccionamiento de deudas con la Tesoreria General de la Seguridad Social y/o con la Agencia de la Administración Tributaria, en su caso
Copia de la solicitud o resolución de concesión del aplazamiento/fraccionamiento de deudas con la Tesoreria General de la Seguridad Social y/o con la Agencia de la Administración Tributaria, en su caso
Para acreditar la contratación indefinida de personas desempleadas
51. Relación de la/s persona/s desempleadas por nueva contratación por la que se solicita la subvención (ANEXO IV)
Para cada uno de los/as trabajadores/as contratados
52. Copia del DNI/NIE en vigor
53. Copia del Documento de Alta y Renovación de la Demanda (DARDE) de la persona o personas contratada/s para el que solicita subvención o documento emitido por el Servicio Canario de Empleo
Copia del Documento de Alta y Renovación de la Demanda (DARDE) de la persona o personas contratada/s para el que solicita subvención o documento emitido por el Servicio Canario de Empleo
57. Copia del contrato de trabajo y del registro en el Servicio Público de Empleo Estatal (contrat@).
Copia del contrato de trabajo y del registro en el Servicio Público de Empleo Estatal (contrat@).
54. Informe de la vida laboral del código de la cuenta de cotización emitido por la TGSS en el que se recoja el/la trabajador/a para el que solicita subvención, ...
Informe de la vida laboral del código de la cuenta de cotización emitido por la TGSS en el que se recoja el/la trabajador/a para el que solicita subvención, en el periodo comprendido desde los tres meses anteriores a la fecha del alta hasta la fecha de presentación de la solicitud de subvención
55. Declaración del trabajador/a contratado/a (ANEXO V).
Declaración del trabajador/a contratado/a (ANEXO V).
56. Documento acreditativo correspondiente de que el trabajador/a para el que solicita la subvención, se encuentra dentro de algunos de los colectivos recogidos en el punto 4.4 apartado 3, para acreditar tal circunstancia deberán de presentar ...
Documento acreditativo correspondiente de que el trabajador/a para el que solicita la subvención, se encuentra dentro de algunos de los colectivos recogidos en el punto 4.4 apartado 3, para acreditar tal circunstancia deberán de presentar (Base 6ª punto 2.5).
57. Nómina de la persona trabajadora correspondiente al primer mes de contratación y el documento bancario acreditativo del pago
Nómina de la persona trabajadora correspondiente al primer mes de contratación y el documento bancario acreditativo del pago
58. Informe de la plantilla media en situación de alta emitido por la Tesorería General de la seguridad Social con fecha posterior al día de la contratación de cada persona trabajadora para la que se solicita la subvención.
Informe de la plantilla media en situación de alta emitido por la Tesorería General de la seguridad Social con fecha posterior al día de la contratación de cada persona trabajadora para la que se solicita la subvención, por el periodo comprendido entre los dos meses inmediatamente anteriores a la contratación de las personas trabajadoras para las que solicita la subvención
59. Informe de la plantilla media en situación de alta emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social por el periodo comprendido entre los dos meses inmediatamente posteriores a la contratación de las personas trabajadoras.
Informe de la plantilla media en situación de alta emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social por el periodo comprendido entre los dos meses inmediatamente posteriores a la contratación de las personas trabajadoras para las que se solicita la subvención. En el caso, de no haberse cumplido los dos meses antes de la fecha de finalización del plazo establecido en la convocatoria para presentar la solicitud de subvención lo debera presentar de forma complementaria una vez cumplido los dos meses.
60. Informe de la plantilla media de trabajadores en situación de alta emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social durante el periodo comprendido que se establezca en la convocatoria.
Informe de la plantilla media de trabajadores en situación de alta emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social durante el periodo comprendido que se establezca en la convocatoria.En el caso de no tener personas trabajadoras de alta en eses periodo se presentara el informe de inexistencia de datos, en el caso de que la empresa iniciara su actividad con posterioridad a la fecha que se establezca en la convocatoria, el periodo sería desde la fecha correspondiente de contratación o alta de la actividad económica.
61. Informe de la vidad laboral de todos los códigos de la cuenta de cotización de la persona autónoma o empresa, emitido por la Tesorería General de la Seguridad social, en el que figuren todos los trabajadores contratados.
Informe de la vidad laboral de todos los códigos de la cuenta de cotización de la persona autónoma o empresa, emitido por la Tesorería General de la Seguridad social, en el que figuren todos los trabajadores contratados a fecha de presentación de la solicitud de subvención
Otra documentación
62. Declaración responsable de las entidades sin ánimo de lucro (ANEXO VI), en su caso
Declaración responsable de las entidades sin ánimo de lucro (ANEXO VI), en su caso
63. Declaración responsable de la Entidad de que los documentos que obran en poder del Cabildo no se han visto alterados (ANEXO VII), en su caso
Declaración responsable de la Entidad de que los documentos que obran en poder del Cabildo no se han visto alterados (ANEXO VII), en su caso
64. Alta de terceros de esta Corporación, para aquellos peticionarios que no dispongan de alta o quieran proceder a la modificación de la misma en el Cabildo ...
Alta de terceros de esta Corporación, para aquellos peticionarios que no dispongan de alta o quieran proceder a la modificación de la misma en el Cabildo, deberán de presentar el alta de terceros normalizado debidamente cumplimentado, sellado y firmado por la entidad bancaria y firmado por el interesado o representante legal de la empresa o, en el caso, de mancomunados por todos los representantes, acompañado de la documentación correspondiente.
65. Otros documentos
Otros documentos que el interesado considere relevantes para la solicitud de la subvención
La solicitud esta fuera de plazo
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