Plazos de presentación
01/09/2023 00:01:00
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10/10/2023 23:59:00
En cuanto al PRIMER PLAZO, para subvencionar la línea 1 de subvenciones a la contratación indefinida de personas desempleadas por contratos iníciales formalizados entre el 1 de octubre de 2022 y el 30 de junio de 2023, ambos inclusive, y/o para la línea 2 de subvenciones para el mantenimiento del empleo de personas afectadas ERTE volcán por la reincorporación a su actividad laboral entre el 1 de octubre de 2022 y el 30 de junio de 2023, ambos inclusive. El plazo será desde el 25 de mayo de 2023 hasta el 10 de agosto de 2023, ambos inclusive.
En cuanto al SEGUNDO PLAZO, para subvencionar la línea 1 de subvenciones a la contratación indefinida de personas desempleadas por contratos iníciales formalizados entre el 1 de julio de 2023 y el 30 de septiembre de 2023, ambos inclusive, y/o para la línea 2 de subvenciones para el mantenimiento del empleo de personas afectadas ERTE volcán por la reincorporación a su actividad laboral entre el 1 de julio de 2023 y el 30 de septiembre de 2023, ambos inclusive. El plazo será desde el 1 de septiembre de 2023 hasta el 10 de octubre de 2023, ambos inclusive.
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Presentación
ÚNICAMENTE de forma TELEMÁTICA en la sede electrónica del Cabildo Insular de La Palma, a través del trámite del procedimiento habilitado al efecto, según el modelo normalizado oficial específicamente elaborado por el Cabildo Insular de La Palma.
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Plazo de resolución
El plazo máximo para dictar y publicar la resolución del procedimiento será de seis meses, computándose a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de las solicitudes de subvención. Los/as interesados/as podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo, si transcurrido el plazo máximo señalado en el párrafo anterior, no se ha dictado y notificado resolución expresa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Púbicas
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Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Los/as interesados/as podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo, si transcurrido el plazo máximo señalado en el párrafo anterior, no se ha dictado y notificado resolución expresa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Recursos
Contra la Resolución de concesión de la subvención que no agota la vía administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 101.2 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular (publicado en el BOP Nº 33 de 16 de marzo de 2018), en concordancia con el artículo 84.2 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares, los/as interesados/as que se consideren lesionados en sus derechos, podrán interponer Recurso de Alzada ante la Presidencia del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en el plazo de UN (1) MES contado desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de concesión en el Tablón de Anuncios de la Corporación en la sede electrónica https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30.4, 45.1 b), 121.1 y 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto recurso, la resolución será firme a todos los efectos.
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Normativa básica
Todo lo no dispuesto en las presentes bases reguladoras se regirá por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, en la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, supletoriamente, la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las Bases de Ejecución del Presupuesto General de la Corporación y cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.
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Información Adicional
Bases reguladoras de concesión de subvenciones para el ?fomento a la contratación laboral en la isla de La Palma?, aprobadas en Consejo de Gobierno en Sesión Ordinaria celebrada el 11 de abril de 2023, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de S/C de Tenerife nº 50 de fecha 26 de abril de 2023.
https://www.bopsantacruzdetenerife.es/boletines/2023/26-4-23/26-4-23.pdf
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Documentación relacionada
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Nivel de identificación del solicitante
Alto: |
Certificado digital reconocido y firma electrónica |
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Documentación a aportar
- Documentación obligatoria
- 11. Solicitud de subvención (ANEXO I)
- Solicitud de subvención (ANEXO I): deberá estar firmado por el peticionario o representante con certificado electrónico válido (No bloquear, modificar, imprimir ni escanear el documento después de firmarlo, para garantizar que se pueda comprobar la validez de la firma).
- Personas autónomas (Empresarios/profesionales)
- 21. Documentación acreditativa de la identidad (NIF/DNI) del solicitante
- Documentación acreditativa de la identidad (NIF/DNI) del solicitante: copia del DNI de la persona física. Presentar sólo en el caso de no autorizar su consulta a través de Plataforma de Intermediación de Datos.
- 22. Documentación acreditativa de la identidad para peticionarios extranjeros
- Documentación acreditativa de la identidad para peticionarios extranjeros: copia del NIE o Certificado de Ciudadano de la Unión, junto con la copia del Pasaporte o del documento de identidad del país de origen en vigor (obligatorio).
- 23. Certificado de situación censal en el Impuesto de Actividades Económicas emitido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria
- Certificado de situación censal en el Impuesto de Actividades Económicas emitido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. Sólo presentar en el caso de no autorizar su consulta.
- 24. Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social
- Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social. Sólo presentar en el caso de no autorizar su consulta.
- 25. Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria
- Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. Sólo presentar en el caso de no autorizar su consulta.
- 26. Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria Canaria
- Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria Canaria. Sólo presentar en el caso de no autorizar su consulta.
- 27. Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con el Cabildo Insular de La Palma y sus Organismos Autónomos
- Consentimiento expreso al Cabildo Insular de La Palma para la consulta y verificación del cumplimiento de las obligaciones con el Cabildo Insular y con sus Organismos Autónomos, marcada la casilla por defecto en el Anexo I.
- 28. Solicitud o resolución de concesión de aplazamiento/fraccionamiento de deudas con la Tesorería General y/o con la Agencia de la Administración Tributaria
- Resolución de concesión de aplazamiento/fraccionamiento de deudas con la Tesorería General y/o con la Agencia de la Administración Tributaria: deberá presentar la solicitud o resolución de concesión junto con el certificado en vigor de carecer de deudas. Sólo presentar en el caso de personas autónomas con aplazamiento/fraccionamiento de deudas.
- Empresas (Personas jurídicas, entidades de economía social, sociedades civiles, comunidades de bienes u otras entidades económicas sin personalidad jurídica)
- 31. CIF/NIF de la empresa
- Copia del CIF/NIF de la empresa. Sólo presentar en el caso de no tener alta de tercero en el Cabildo Insular de La Palma.
- 32. Documentación acreditativa de la identidad del representante legal (NIF/DNI)
- Documentación acreditativa de la identidad del representante legal (NIF/DNI): copia DNI en vigor del representante legal que firma la solicitud de subvención. Sólo presentar en el caso de no autorizar su consulta.
- 33. Documentación acreditativa de la identidad para representantes extranjeros
- Documentación acreditativa de la identidad para representantes extranjeros: Copia del NIE o Certificado de Ciudadano de la Unión, junto con la copia del Pasaporte o del documento de identidad del país de origen en vigor del representante legal que firma la solicitud de subvención (obligatorio).
- 34. Acreditación de la representación
- Acreditación de la representación: Poder notarial, nota simple del registro mercantil, documento del órgano directivo de la Entidad que le acredite como representante, declaración en comparecencia personal del interesado o por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna que le acredite como representante. Sólo presentar en el caso de solicitudes no presentadas con certificado acreditativo de representante.
- 35. Acreditación de la representación y Declaración Responsable de cada uno de los comuneros o socios (ANEXO II)
- Acreditación de la representación y Declaración Responsable de cada uno de los comuneros o socios (ANEXO II): obligatorio presentar en el caso de comunidades de bienes, sociedades civiles y otras entidades mercantiles sin personalidad jurídica propia.
- 36. Certificado de situación censal en el Impuesto de Actividades Económicas emitido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria
- Certificado de situación censal en el Impuesto de Actividades Económicas emitido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. Sólo presentar en el caso de no autorizar su consulta.
- 37. Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social
- Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social. Sólo presentar en el caso de no autorizar su consulta.
- 38. Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria
- Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. Sólo presentar en el caso de no autorizar su consulta.
- 39. Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria Canaria
- Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria Canaria. Sólo presentar en el caso de no autorizar su consulta.
- 40. Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con el Cabildo Insular de La Palma y sus Organismos Autónomos
- Consentimiento expreso al Cabildo Insular de La Palma para la consulta y verificación del cumplimiento de las obligaciones con el Cabildo Insular y con sus Organismos Autónomos, marcada la casilla por defecto en el Anexo I.
- 41. Documentación acreditativa de la identidad (DNI/NIE) de cada uno de los comuneros o socios
- Documentación acreditativa de la identidad (DNI/NIE) de cada uno de los comuneros o socios: copia del DNI o en el caso de extranjeros el NIE junto con la copia del Pasaporte o documento de identidad del país de origen en vigor. Presentar sólo en el caso de tratarse de entidades mercantiles sin personalidad jurídica propia (comunidades de bienes, sociedades civiles y agrupaciones de personas físicas privadas).
- 42. Certificados acreditativos de cada uno de los socios y/o comuneros de encontrarse al corriente de sus obligaciones con la Agencia Tributaria Estatal, con la Agencia Tributaria Canaria, con la Seguridad Social y con el Cabildo Insular de La Palma
- Certificados acreditativos de cada uno de los socios y/o comuneros de encontrarse al corriente de sus obligaciones con la Agencia Tributaria Estatal, con la Agencia Tributaria Canaria, con la Seguridad Social y con el Cabildo Insular de La Palma y sus Organismos autónomos: presentar en el caso de comunidades de bienes, sociedades civiles y otras entidades mercantiles sin personalidad jurídica propia. Sólo presentar en el caso de no autorizar su consulta en el ANEXO VI.
- 43. Solicitud o resolución de concesión del aplazamiento/fraccionamiento de deudas con la Tesorería General de la Seguridad Social y/o con la Agencia de la Administración Tributaria
- Solicitud o resolución de concesión del aplazamiento/fraccionamiento de deudas con la Tesorería General de la Seguridad Social y/o con la Agencia de la Administración Tributaria: deberá presentar la solicitud o resolución de concesión junto con el certificado en vigor de carecer de deudas. Sólo presentar en el caso de personas jurídicas, entidades de economía social, comunidad de bienes y sociedades civiles con aplazamiento/fraccionamiento de deudas.
- Línea 1 Subvenciones para la contratación indefinida de personas desempleadas
- 51. Relación de trabajadores/as para los que solicita la subvención (ANEXO III)
- Relación de trabajadores/as para los que solicita la subvención (ANEXO III): debidamente cumplimentada y firmada.
- 52. Copia del Documento de Alta y Renovación de la Demanda (DARDE) de la(s) persona(s) contratada(s)
- Copia del Documento de Alta y Renovación de la Demanda (DARDE) de la(s) persona(s) contratada(s) para la(s) que solicita la subvención o documento emitido por el Servicio Canario de Empleo de fecha posterior a la contratación, acreditativo de la condición de desempleado antes de la contratación.
- 53. Copia del contrato de trabajo y de su registro en el Servicio Público de Empleo Estatal (contrat@)
- Copia del contrato de trabajo y de su registro en el Servicio Público de Empleo Estatal (contrat@), de cada uno/a de los/as trabajadores/as contratados/as para los/as que solicita la subvención.
- 54. Informe de la vida laboral del código de la cuenta de cotización emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social en el que se figure el/la trabajador/a para el/la que solicita la subvención
- Informe de la vida laboral del código de la cuenta de cotización emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social en el que figure el/la trabajador/a para el/la que solicita la subvención, en el periodo comprendido entre los tres meses anteriores a la fecha del alta en la Seguridad Social de el/la trabajador/a y hasta la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
- 55. Declaración del trabajador/a contratado/a y autorización de datos (ANEXO V)
- Declaración del trabajador/a contratado/a y autorización de datos (ANEXO V): Debidamente cumplimentada y firmada por el/la trabajador/a para el/la que se solicita la subvención.
- 56. Documento(s) acreditativo(s) correspondiente(s) para los colectivos recogidos en el punto 4.3 apartado 3
- Documento(s) acreditativo(s) correspondiente(s) para los colectivos recogidos en el punto 4.3 apartado 3
- 57. Nómina(s) del/la trabajador/a y documento bancario acreditativo del pago
- Nómina(s) del/la trabajador/a y documento bancario acreditativo del pago: Nómina(s) correspondiente(s) al primer mes de contratación y documento bancario acreditativo del pago de la(s) nómina(s) mediante transferencia bancaria.
- 58. Informe de la plantilla media en situación de alta emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, anterior a la contratación
- Informe de la plantilla media en situación de alta emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social: con fecha posterior al día de la contratación de cada trabajador/a para el/la que solicita la subvención, por el periodo comprendido entre los dos meses inmediatamente anteriores a la contratación de la(s) persona(s) trabajadora(s)para la(s) que solicita la subvención.
- 58. Informe de la plantilla media en situación de alta emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, posterior a la contratación
- Informe de la plantilla media en situación de alta emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social posterior a la contratación: por el periodo comprendido entre los dos meses inmediatamente posteriores a la contratación de la(s) persona(s) trabajadora(s)para la(s) que solicita la subvención.
- Línea 2 Subvenciones para el mantenimiento del empleo de personas trabajadoras afectadas por ERTE volcán
- 61. Relación de la(s) persona(s) trabajadora(s) reincorporada(s) (ANEXO IV)
- Relación de la(s) persona(s) trabajadora(s) reincorporada(s) (ANEXO IV): Debidamente cumplimentada y firmada.
- 62. Resolución aprobatoria del ERTE volcán emitida por la autoridad laboral competente
- Resolución aprobatoria del ERTE volcán emitida por la autoridad laboral competente.
- 63. Documentación acreditativa de la identidad de cada uno/a de los/as trabajadores/as por cuenta ajena afectados/as por ERTE del volcán que se reincorporan a la actividad laboral
- Documentación acreditativa de la identidad de cada uno/a de los/as trabajadores/as por cuenta ajena afectados/as por ERTE del volcán que se reincorporan a la actividad laboral: Copia del DNI/NIE en vigor.
- 64. Informe de Datos para la Cotización-Trabajadores por Cuenta Ajena-Información por Relación Laboral (Idc/rl-nss) de la Tesorería General de la Seguridad Social
- Informe de Datos para la Cotización-Trabajadores por Cuenta Ajena-Información por Relación Laboral (Idc/rl-nss) de la Tesorería General de la Seguridad Social del trabajador/a afectado/a por ERTE para el/la que solicita la subvención, por le periodo comprendido desde el 1 de octubre del año anterior a la publicación de la convocatoria.
- 65. Nómina del/la trabajador/a del mes de reincorporación a la empresa
- Nómina del/la trabajador/a del mes de reincorporación a la empresa: para cada uno/a de los/as trabajadores/as por cuenta ajena afectados/as por ERTE del volcán que se reincorporan a la actividad laboral
- 66. Declaración del trabajador/a contratado/a y autorización de datos (ANEXO V)
- Declaración del trabajador/a contratado/a y autorización de datos (ANEXO V): Debidamente cumplimentada y firmada por el/la trabajador/a para el/la que se solicita la subvención.
- Alta/modificación de datos de terceros
- 71. Modelo de datos de terceros del Cabildo Insular de La Palma
- Modelo de datos de terceros del Cabildo Insular de La Palma: debidamente cumplimentado, sellado y firmado por la entidad bancaria y firmado electrónicamente con certificado válido por la persona autónoma o representante legal de la empresa. Sólo presentar en el caso de no tener alta de terceros en el Cabildo o querer modificar la cuenta bancaria.
- 72. Documentos acreditativos de la personalidad física que acompañan el modelo de datos de terceros del Cabildo
- Documentos acreditativos de la personalidad física que acompañan el modelo de datos de terceros del Cabildo. Sólo presentar en el caso de no tener alta de terceros en el Cabildo o querer modificar la cuenta bancaria. Ver el reverso del modelo normalizado del alta de terceros del Cabildo.
- 73. Documentos acreditativos de la personalidad jurídica que acompañan el modelo de datos de terceros del Cabildo
- Documentos acreditativos de la personalidad jurídica que acompañan el modelo de datos de terceros del Cabildo. Sólo presentar en el caso de no tener alta de terceros en el Cabildo o querer modificar la cuenta bancaria. Ver el reverso del modelo normalizado del alta de terceros del Cabildo.
- Documentación complementaria
- 81. Declaración responsable de que los documentos que obran en poder del Cabildo no se han visto alterados (ANEXO VII)
- Declaración responsable de que los documentos que obran en poder del Cabildo no se han visto alterados (ANEXO VII). Sólo presentar cuando obren documentos en poder del Cabildo aportados en otros expedientes y se mantienen en los mismos términos.
- 82. Otros documentos
- Otros documentos
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