Podrán acogerse a esta subvención, los titulares de explotaciones ganaderas de la isla de La Palma de caprino, ovino, bovino, porcino, avícola (gallinas de puesta o de carne) o cunícola en producción en el año 2024 y que hayan realizado la inscripción o actualizado los datos debidamente en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias (REGAC) y, en su caso, en el Registro de Identificación Individual de Animales (RIIA), con fecha anterior al 1 de marzo de 2024, cumpliendo además:
Que mantengan la actividad ganadera en la fecha en la que solicitan la ayuda.
Que posean un número de animales en la explotación igual o superior a 1 UGM, con fecha 1 de marzo de 2024.
Que, en el caso de ovino y caprino, los animales tuvieran más de 4 meses a fecha 1 de marzo de 2024, y que estén inscritos en el RIIA.
Habrán de reunir a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, relativo a los requisitos para obtener la condición de beneficiarios, debiendo mantenerse estos durante el periodo de ejecución de los proyectos y justificación de las subvenciones concedidas.