Plazos de presentación
10/09/2024 00:00:00
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29/09/2024 23:59:00
El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de un extracto de la correspondiente CONVOCATORIA de subvención para gastos corrientes al sector artesanal de la isla de La Palma en el Boletín Oficial de la Provincia.
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Presentación
En la Oficina de Atención al Ciudadano del Cabildo Insular de La Palma (Avda. Marítima, nº 3), en los Registros auxiliares de la Corporación, ubicados en Los Llanos de Aridane (Avda. Carlos Francisco Lorenzo Navarro, nº 57 esquina de la Calle Adelfas) y en San Andrés y Sauces (Agencia de Extensión Agraria), de forma TELEMÁTICA en la sede electrónica del Cabildo Insular de La Palma, a través del trámite del procedimiento habilitado al efecto, según el modelo normalizado oficial específicamente elaborado por el Cabildo Insular de La Palma. Asimismo, podrá presentarse por cualquiera de los medios establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
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Plazo de resolución
El plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses, contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes
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Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
El vencimiento del plazo maximo sin haberse notificado la resolucion del procedimiento, legitima a las personas interesadas para entender desetimada por silencio administrativo la solicitud de concesion de la ayuda.
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Recursos
Contra la Resolución de concesión de la subvención que no agota la vía administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 101.2 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular (publicado en el BOP nº 33 de 16 de marzo de 2018), en concordancia con el artículo 84.2 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares, los/las interesados/as que se consideren lesionados en sus derechos, podrán interponer Recurso de Alzada ante la Presidencia del Excmo. Cabildo Insular de la Palma, en el plazo de UN (1) MES contado desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución de concesión en el Tablón de Anuncios de la Corporación, sito en la Avda. Marítima nº 3, de Santa Cruz de La Palma, en la sede electrónica https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es así como en https://artesaniadelapalma.com/ , de conformidad con los dispuesto en los artículos 30.4, 45.1 b), 121.1 y 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas
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Normativa básica
Bases reguladoras de subvención para gastos corrientes a los artesanos/as de la isla de la Palma, publicadas en el BOP de Santa Cruz de Tenerife, nº 93 de fecha 02 de agosto de 2024. En todo lo no previsto en las presentes bases serán aplicables los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y del Reglamento de la misma aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, los preceptos no básicos de la referida Ley 38/2003 y su Reglamento y, supletoriamente, la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las Bases de Ejecución del Presupuesto para el ejercicio económico correspondiente y cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación
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Documentación relacionada
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Nivel de identificación del solicitante
Alto: |
Certificado digital reconocido y firma electrónica |
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Documentación a aportar
- Documentación Requerida
- Anexo I Modelo de Solicitud
- Anexo I. Obligatoria su presentación según el modelo normalizado.
- Anexo IV Modelo de consentimiento expreso consulta de datos de deudas con la seguridad social, el Cabildo, la AEAT y la Agencia Tributaria Canaria.
- Anexo IV. Modelo de consentimiento expreso, marcando consentimiento para obtener directamente datos de deuda con la Seguridad Social, el Cabildo y de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la AEAT y la Agencia Tributaria Canaria.
- Fotocopia DNI/NIE/NIF del Solicitante
- DNI/NIE/NIF del solicitante y, en su caso, documentación acreditativa de la personalidad del solicitante.
- Facturas o Facturas Proforma
- Las facturas deben contener los requisitos mínimos recogidos en el R.D. 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula las obligaciones de facturación (BOC 1/12/2012), o aquel que lo sustituya y se encuentre vigente en el momento de expedición de tales facturas.
- Memoria de Actuación
- Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de los gastos realizados y, en su caso, de los resultados obtenidos. Deberá estar firmada y sellada por el beneficiario o quien lo represente legalmente.
- Anexo II Declaración de otras ayudas o subvenciones
- Anexo II. Obligatoria su presentación conforme al modelo normalizado
- Fotocopia carné de artesano en vigor o certificado de inscripción en el registro de artesanía de Canarias
- Carné de artesano en vigor expedido por el Cabildo de La Palma o certificado de estar inscrita la empresa como artesana en el Registro de Artesanía de Canarias.
- Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)
- Fotocopia del Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social, en su epígrafe que se corresponda con su actividad artesana, así como el Certificado de situación censal. Este requisito debe cumplirse en el momento de la solicitud y mantenerse cuando se conceda la subvención.
- Certificado de situación censal
- Certificado de situación censal expedido por la agencia tributaria.
- Informe vida laboral
- Informe de vida laboral que permita contrastar los datos para cumplir con la Base 11 puntos 1 y 2.
- Copia del Documento Único Electrónico, en caso de trámite de alta modelo 036/037 y RETA a través del CIRCE
- En el caso de haberse realizado el trámite de alta (del modelo 036/037 y RETA) a través del CIRCE (Centro de Información y Red de Creación de Empresas) se aportará la copia del Documento Único Electrónico (DUE) que deberá tener el código de verificación electrónico (en lugar del modelo censal 036 ó 037 y alta en el RETA).
- Escritura de constitución elevada a público (Empresas)
- En caso de empresas, escritura de constitución elevada a público y debidamente registrada.
- Anexo III Aceptación de la subvención concedida
- Modelo aceptación de la subvención concedida
- Documentos que justifiquen los criterios de valoración de la base 11
- Cualquier documento que estime oportuno para justificar los criterios de valoración de la Base 11 (participación en ferias, tipología de artesano)
- Cuando se oponga a que el Cabildo Insular de La Palma proceda a recabar de los órganos competentes la mencionada información
- Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con AEAT
- Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Canaria
- Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
- Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con el propio Cabildo Insular de La Palma
- Presentar en la caso de no tener alta en el Cabildo o querer modificar la cuenta bancaria
- Modelo de datos de terceros del Cabildo (deberá estar debidamente cumplimentada y firmada por el peticionario además de estar sellada y firmada por el banco)
- Instancia para el bastanteo del documento de la escritura de poderes en el caso de que el solicitante actúe como representante
- Certificado bancario de titularidad de cuenta en el supuesto de que el modelo de alta no esté certificado por el banco
- En el supuesto de ENTIDADES ASOCIATIVAS SIN FINES DE LUCRO, certificación del registro administrativo donde se indiquen sus representantes legales
- En el supuesto de ENTIDADES ASOCIATIVAS SIN FINES DE LUCRO, certificación del correspondiente registro administrativo, autonómico o estatal, donde se indiquen sus representantes legales
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