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Solicitud de Subvención para inversiones en bodegas, queserías y cámaras de maduración inscritas en los Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen (L-6.1)

Solicitud de Subvención para inversiones en bodegas, queserías y cámaras de maduración inscritas en los Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen (L-6.1)


Quien lo puede presentar

Podrán ser beneficiarios de la subvención las personas físicas o jurídicas que sean titulares de bodegas, queserías o locales para la maduración de quesos inscritos en los registros de sus correspondientes Consejos Reguladores y que realicen alguna de las inversiones de las definidas en las Bases de la convocatoria.
 
Habrán de reunir a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, relativo a los requisitos para obtener la condición de beneficiarios, debiendo mantenerse estos durante el período de ejecución de los proyectos y justificación de las subvenciones concedidas.

Plazos de presentación

18/07/2024 00:00:00  -  16/08/2024 23:59:00

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Presentación

Una vez publicado el correspondiente extracto de convocatoria de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia, los interesados que deseen solicitar la subvención deberán presentar la solicitud firmada por el solicitante o su representante y formalizada en el modelo normalizado que se establezca en las bases, y que se hallará a disposición de las personas interesadas, junto con este documento, en la Oficina de Atención Ciudadana del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en sus registros desconcentrados de Los Llanos de Aridane y San Andrés y Sauces, en las Agencias de Extensión Agraria de Breña Alta, Los Llanos de Aridane, Puntagorda y Garafía, en la Oficina Central del Servicio de Agricultura, Ganadería y Pesca, así como en la Sede Electrónica de la página web de este Cabildo (Sede electrónica - Cabilido Insular de La Palma (cabildodelapalma.es)) donde podrá recabar cualquier información relacionada con la convocatoria o, en su caso, en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La solicitud habrá de ir acompañada de la documentación establecida, con carácter general para todas las subvenciones, así como de aquella documentación específica indicada, en su caso, para cada una de ellas. 

Plazo de resolución

El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento de concesión de subvención será de SEIS MESES a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Los solicitantes podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo, si transcurrido el plazo máximo señalado en el párrafo anterior, no se ha dictado y notificado resolución expresa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recursos

La Resolución por la que se resuelve el procedimiento no agota la vía administrativa. Contra la misma se podrá interponer Recurso de Alzada ante el Presidente de la Corporación, de conformidad con el artículo 101 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento de este Excmo.Cabildo Insular y, en concordancia con los artículos 83 y 84 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de cabildos insulares, en el plazo de UN MES, contado a  partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 122 y 30.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante, el interesado podrá ejercitar cualquier otro que estime oportuno en defensa de sus derechos.

Información Adicional

Objeto:

La presente subvención tienen por objeto fomentar las inversiones en bodegas, queserías y cámaras de maduración de quesos inscritas en los registros de los Consejos Reguladores del vino y del queso de La Palma, para la realización tanto de obras de infraestructura como para la adquisición de maquinaria nueva y otros equipamientos, con el fin de mejorar la calidad y el rendimiento económico del producto certificado.

Documentación relacionada

Nivel de identificación del solicitante

Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica

Documentación a aportar

Documentación
Anexo I - Modelo de solicitud.
Anexo I - Modelo de solicitud. a). Declaración responsable de las subvenciones que en su caso se hayan solicitado o concedido para el mismo fin. b). Declaración responsable de no hallarse la entidad que representa en ninguna de las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario conforme a lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. c). Consentimiento Expreso para Consulta y Verificación de Datos, al objeto de recabar los certificados a emitir por la Hacienda Estatal, la Hacienda Canaria, la Seguridad Social y la Corporación Insular, acreditativos de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias. En caso de no prestar el consentimiento, el solicitante deberá aportar dichos certificados
Anexo II - Memoria descriptiva
Anexo II - Memoria descriptiva, que incluye: a. Detalles de las inversiones a realizar y presupuesto detallado de ejecución (apartados B y D) b. En el caso de inversiones ya realizadas memoria explicativa de las inversiones realizadas (apartado C). c. Declaración responsable de ostentar la titularidad de la instalación (bodega, quesería o cámara de maduración) donde realiza la inversión.
En el caso de personas físicas, DNI del solicitante, si no autoriza a la consulta de su identidad.
En el caso de personas jurídicas, Número de Identificación Fiscal (NIF).
Cuando se solicite a través de representante legal, documento acreditativo de la representación con que actúa. Si no autoriza a la consulta de su identidad, deberá aportar asimismo el DNI.
En el caso de personas extranjeras que soliciten o actúen como representantes, Número de Identidad de Extranjero (NIE) o certificado de Ciudadano de la Unión Europea, junto a Pasaporte o documento de identidad del país de origen en vigor.
En el caso de personas extranjeras que soliciten o actúen como representantes, Número de Identidad de Extranjero (NIE) o certificado de Ciudadano de la Unión Europea, junto a Pasaporte o documento de identidad del país de origen en vigor de la persona que firma la solicitud.
Certificado de CR en el que se haga constar que la bodega, quesería o cámara de maduración se halla inscrita en los registros correspondientes y se especifique que los productos a obtener una vez realizada la inversión están amparados por la DO.
Certificado del Secretario del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Vinos La Palma o del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Queso Palmero, según proceda, con el Visto Bueno del Presidente en el que se haga constar que la bodega, quesería o cámara de maduración de quesos se halla inscrita en los registros correspondientes y se especifique que los productos a obtener una vez realizada la inversión están amparados por la Denominación de Origen.
Planos de planta y alzado que definan las obras.
Cuando no se trate de obras, factura proforma.
En el caso de inversiones realizadas, Anexo IX y facturas justificativas.
Otros Documentos
Alta a Terceros, en el supuesto de no haberse presentado con anterioridad o en el caso de modificación de datos personales o bancarios.
Original del Impreso Modelo de Alta a Terceros del Cabildo (modelo disponible en la página web www.cabildodelapalma.es) cumplimentado y sellado por la entidad bancaria en la que tenga la cuenta en la que desea se le ingrese el importe de la ayuda.
Original del Impreso Modelo de Alta a Terceros del Cabildo (modelo disponible en la página web www.cabildodelapalma.es) cumplimentado y sellado por la entidad bancaria en la que tenga la cuenta en la que desea se le ingrese el importe de la ayuda. Esta cuenta deberá mantenerse abierta hasta que se haga efectivo el pago de la ayuda solicitada, en caso contrario se entenderá que renuncia a la misma. Se deberá presentar este documento en el supuesto de no haberse presentado con anterioridad o en el caso de modificación de datos personales o bancarios.
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