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Solicitud de participación en el premio insular de Participación Ciudadana

Solicitud de participación en el premio insular de Participación Ciudadana


Finalidad

Concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones destinadas a la concesión de los PREMIOS PROYECTO INSULAR DE PARTICIPACION CIUDADANA a través de los cuales se pretende reconocer las actividades y/o proyectos relacionados con la participación ciudadana, valores democráticos y gobierno abierto.

Modalidad 1: Premio Proyecto Insular a Ayuntamientos de la Isla de La Palma.
Premios por la realización de actividades o proyectos relacionados con las buenas prácticas en la participación ciudadana, valores democráticos y gobierno abierto realizado por los Ayuntamientos de la isla de La Palma.


Modalidad 2: Premio Proyecto Insular a Asociaciones.
Premios por la realización de actividades o proyectos relacionados con las buenas prácticas en la participación ciudadana, valores democráticos y gobierno abierto realizado por las asociaciones con domicilio social en la Isla de La Palma.


Modalidad 3: Premio Proyecto Insular a Centros de educación primaria y/o secundaria.
Premios por la realización de actividades o proyectos relacionados con las buenas prácticas en la participación ciudadana, valores democráticos y gobierno abierto realizado por los centros educativos de Educación Primaria y Secundaria de la Isla de La Palma.

IMPORTE DEL PREMIO: Se establecen tres premios de 2.500,00 euros cada uno, para cada modalidad.

Quien lo puede presentar

Podrán ser beneficiarios de los premios:
a.- Todos los Ayuntamientos, Asociaciones y los Centros Educativos de primaria y/o secundaria que tengan el domicilio social en La Isla de La Palma.
b.- Haber diseñado y/o implementado actividades o proyectos de fomento de la participación ciudadana, valores democráticos y gobierno abierto en la Isla de La Palma dentro de los cuatro años inmediatamente anteriores a la convocatoria independientemente de que su iniciación haya sido con anterioridad a dicho periodo.
c.- Reunir a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, relativo a los requisitos para obtener la condición de beneficiarios.
d.- No haber recibido Premio Proyecto Insular de Participación Ciudadana, en los cuatro años inmediatamente anteriores a la convocatoria.
e.- En ningún caso serán admitidos aquellos proyectos realizados en virtud de un contrato administrativo con la administración o un contrato privado con particulares ni aquellos que ya hayan sido premiados en ediciones anteriores por el Cabildo Insular de La Palma.

Al realizarse el pago del Premio que se rige por La ley de subvenciones, el beneficiario no podrá encontrarse en ninguna de las circunstancias a la que se refiere el artículo 34.4 párrafo 3º de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones.

Plazos de presentación

07/12/2023 00:00:00  -  08/01/2024 23:59:00

Presentación

Sede Electrónica de la página web de este Cabildo (https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es)

Órgano gestor

Área de Participación Ciudadana

Plazo de resolución

El plazo de tramitación es de 6 Meses

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Recursos

Contra la Resolución de concesión de la subvención que no agota la vía administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 101.2 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular (publicado en el BOP Nº 33 de 16 de marzo de 2018), en concordancia con el artículo 84.2de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares, los/as interesados/as que se consideren lesionados en sus derechos, podrán interponer Recurso de Alzada ante la Presidencia del Excmo. Cabildo Insular de la Palma, en el plazo de UN (1) MES contado desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución de concesión en el Tablón de Anuncios de la Corporación, así como, en su sede electrónica (https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30.4, 45.1 b), 121.1 y 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto recurso, la resolución será firme a todos los efectos.

Normativa básica

En todo lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Reglamento de la misma probado por el Real Decreto 88hh7/2006, de 21 de julio, la Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de La Palma, los preceptos no básicos de la Ley 38/2003 y su Reglamento y supletoriamente la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Corporación para cada ejercicio económico y cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.

Información Adicional

SUBSANACIÓN

Si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos y/o cualquiera de los datos previstos en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o no acompaña los documentos previstos en estas bases para cada una de las premios/subvenciones u otros exigidos por la legislación específica aplicable, se requerirá a la persona interesada mediante anuncio publicado en el Tablón de Anuncios de la Corporación, así como en su sede electrónica https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es, para que subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos en el plazo máximo e improrrogable de diez (10) días hábiles, a contar desde el día siguiente a dicha publicación, de acuerdo con los términos y efectos previstos en el artículo 68 de dicha ley con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de dicha Ley.

Documentación relacionada

- ANEXO I SOLICITUD
- ANEXO II MODELO DE CONSENTIMIENTO EXPRESO : ANEXO II MODELO DE CONSENTIMIENTO EXPRESO PARA LA CONSULTA Y VERIFICACIÓN DE DATOS
- ANEXO III DECLARACIÓN RESPONSABLE : ANEXO III DECLARACIÓN RESPONSABLE DE QUE LA DOCUMENTACIÓN QUE OBRA EN PODER DE LA ADMINISTRACIÓN NO HA VARIADO
- ANEXO IV DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO HABER OBTEN : ANEXO IV DECLARACIÓN RESPONSABEL DE NO HABER OBTENIDO PREMIO POR EL MISMO PROYECTO PRESENTADO EN ESTA CONVOCATORIA, ASÍ COMO DE CUMPLIR LAS CODICIONES PARA SER BENFICIARIO DE ESTA SUBVENCIÓN.
- ANEXO V ACEPTACIÓN DE LOS PREMIOS : ANEXO V ACEPTACIÓN DE LOS PREMIOS
- BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS : BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS

Nivel de identificación del solicitante

Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica

Documentación a aportar

Documentación Requerida Obligatoria
Modelo de Solicitud (Anexo I)
Documentación Requerida Opcional
C.I.F. de la entidad
C.I.F. de la entidad (salvo que dicha documentación obre ya en poder de la Administración).
Documento acreditativo del tipo de representación con que actúa.
Modelo de Alta a Terceros del Cabildo, Modelo disponible en la página web del Cabildo.
Modelo de Alta a Terceros del Cabildo (salvo que se disponga del mismo en la Tesorería del Cabildo y no hayan cambiado los datos consignados en el mismo). modelo disponible en la página web www.cabildodelapalma.es, debe estar cumplimentado y sellado por la entidad bancaria en la que tenga la cuenta en la que desea se le ingrese el importe de la ayuda. Esta cuenta deberá mantenerse abierta hasta que se haga efectivo el pago del Premio, en caso contrario se entenderá que renuncia a la misma. Se deberá presentar este documento en el supuesto de no haberse presentado con anterioridad o en el caso de modificación de datos personales o bancarios.
Modelo de Consentimiento Expreso para Consulta y Verificación de Datos (Anexo II)
Modelo de Consentimiento Expreso para Consulta y Verificación de Datos, al objeto de recabar los certificados a emitir por la Hacienda Estatal, la Hacienda Canaria, la Seguridad Social y la Corporación Insular, acreditativos de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias (Anexo II).
Declaración responsable de que la documentación que obra en poder de la Admon. no ha variado (anexo III)
Memoria descriptiva de la actividad y/o proyecto desarrollado
Memoria descriptiva de la actividad y/o proyecto desarrollado por el ayuntamiento, la asociación o centro educativo en el período de los cuatro años anteriores a la convocatoria de los Premios Proyecto Insular de Participación Ciudadana que deberá fundarse en buenas prácticas en participación ciudadana, valores democráticos y/o gobierno abierto. La memoria debe describir, con el debido detalle la actividad o proyecto ejecutado, y entre otros, debe hacer referencia a los aspectos que se desglosan en las bases reguladoras de concesión de dichos premios.
Otros documentos
Otros documentos que considere oportuno aportar
Declaración responsable de no haber obtenido premio por el proyecto presentado en esta convocatoria, así como de cumplir las condiciones para ser beneficiario de esta subvención (Anexo IV)
Aceptación del premio (Anexo V)
Caso de no prestar consentimiento para la consulta y verificación de datos (Anexo II)
D.N.I. /N.I.F. de la persona que formula la solicitud como su representante legal
D.N.I./N.I.F. de la persona que formula la solicitud como su representante legal. Puede omitir su presentación si ya lo ha presentado anteriormente presentando una declaración jurada donde se indique el momento y el órgano administrativo ante el que los presentó
Certificado acreditativo de hallarse al corriente de sus obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria
Certificado acreditativo de hallarse al corriente de sus obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en el supuesto que no se haya autorizado al Cabildo a recabar los datos a la Hacienda Estatal o consentimiento expreso para consulta y verificación de datos según Anexo II.
Certificado acreditativo de hallarse al corriente de sus obligaciones con la Administración Tributaria Canaria
Certificado acreditativo de hallarse al corriente de sus obligaciones con la Administración Tributaria Canaria, en el supuesto que no se haya autorizado al Cabildo recabar los datos a la Administración Tributaria Canaria o consentimiento expreso para consulta y verificación de datos según Anexo II.
Certificado acreditativo de hallarse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social
Certificado acreditativo de hallarse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, en el supuesto que no se haya autorizado al Cabildo recabar los datos a la Seguridad Social o consentimiento expreso para consulta y verificación de datos según Anexo II.
Certificado acreditativo de hallarse al corriente de sus obligaciones con el Cabildo Insular de La Palma ( y sus OO.AA.)
Certificado acreditativo de hallarse al corriente de sus obligaciones con el Cabildo Insular de La Palma ( y sus OO.AA.) en el supuesto que no se haya autorizado al Cabildo a recabar los datos al mismo, o consentimiento expreso para su consulta y verificación de datos según ANEXO II
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