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Subvención destinada a bodegas ubicadas en la comarca noroeste cuya producción se ha visto afectada por el incendio forestal de 2023

Subvención destinada a bodegas ubicadas en la comarca noroeste cuya producción se ha visto afectada por el incendio forestal de 2023


Finalidad

Mantenimiento de la actividad de las bodegas de la comarca Noroeste afectadas por la minoración en la producción ocasionada por el incendio de julio de 2023.

Quien lo puede presentar

Podrán ser beneficiarios de la subvención directa, con carácter excepcional, todas aquellas bodegas ubicadas en la Comarca Noroeste de la Isla de La Palma, que reúnan los siguientes requisitos:

  • La sede social o centro de actividad principal debe ubicarse en los municipios de Tijarafe, Puntagorda o Villa de Garafía.
  • Estar inscritas como bodegas en la Denominación de Origen Protegida (en adelante DOP) Vinos La Palma, y mantenga su actividad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  • Haber destinado a la producción de vinos, uva certificada por la DOP Vinos La Palma entre los años 2020 y 2024, proveniente de parcelas ubicadas en Tijarafe y Puntagorda.

Habrán de reunir a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, relativo a los requisitos para obtener la condición de beneficiarios.

Plazos de presentación

04/06/2025 00:01:00  -  17/06/2025 23:59:00

10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la resolución en la sede electrónica del Excmo. Cabildo Insular de La Palma.

Presentación

Una vez publicado el anuncio de la resolución en la sede electrónica, los interesados que deseen solicitar la subvención deberán presentar la solicitud firmada por el solicitante o su representante y formalizada en el modelo normalizado que se incluye en el anuncio, y que se hallará a disposición de las personas interesadas, a través de la Sede Electrónica de la página web de este Cabildo (cabildodelapalma.es), donde podrá recabar cualquier información relacionada.

Órgano gestor

Agricultura, Ganadería y Pesca.

Plazo de resolución

El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento de concesión de subvención será de SEIS MESES a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Los solicitantes podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo, si transcurrido el plazo máximo de seis meses, no se ha dictado y notificado resolución expresa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recursos

La Resolución por la que se resuelve el procedimiento no agota la vía administrativa. Contra la misma se podrá interponer Recurso de Alzada ante el Presidente de la Corporación, de conformidad con el artículo 101 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento de este Excmo.Cabildo Insular y, en concordancia con los artículos 83 y 84 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de cabildos insulares, en el plazo de UN MES, contado a  partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 122 y 30.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante, el interesado podrá ejercitar cualquier otro que estime oportuno en defensa de sus derechos.

Información Adicional

Objeto

Apoyar a todas aquellas bodegas ubicadas en la Comarca Noroeste de la Isla de La Palma, cuyos titulares sean personas físicas o jurídicas que elaboren vinos con uva de los municipios de Puntagorda y Tijarafe cuya producción se ha visto afectada por el incendio forestal de 2023, tomando medidas que amortiguen las perdidas producidas por la disminución de producción y puedan superar este momento crítico, de forma que sirva para mantener e impular el cultivo de esta comarca y por extensión, al resto de la isla.

Documentación relacionada

Nivel de identificación del solicitante

Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica

Documentación a aportar

Documentación
Anexo I (Solicitud) que incluye
Declaración responsable de las subvenciones que en su caso se hayan solicitado o concedido para el mismo fin. Declaración responsable de no hallarse la entidad que representa en ninguna de las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario conforme a lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Consentimiento Expreso para Consulta y Verificación de Datos, al objeto de recabar los certificados de: ? Deuda Pendiente Seguridad Social. ? Deuda Pendiente Cabildo Insular de La Palma, Consejo Insular de Aguas y Escuela Insular de Música. ? Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la AEAT. ? Estar al corriente obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria Canaria. ? Consulta de Datos de Identidad ? Certificado del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Vinos La Palma, donde conste la producción de uva obtenida en los municipios de Puntagorda y de Tijarafe, y con entrada a la bodega en los años 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024.
Documento Nacional de Identidad (DNI).
Documento acreditativo del Número de Identificación Fiscal (NIF).
Documento acreditativo del tipo de representación con que el que se actúa.
Número de Identidad de Extranjero (NIE) o certificado de Ciudadano de la U.E. junto a pasaporte o documento de identidad del país de origen en vigor.
Documento acreditativo del tipo de representación con que actúa para personas jurídicas (Certificado del Secretario de la entidad o similar).
En el supuesto de no haberse presentado con anterioridad o en el caso de modificación de datos personales o bancarios, se deberá aportar el original del Impreso Modelo de Alta a Terceros del Cabildo
(modelo disponible en la página web www.cabildodelapalma.es) cumplimentado y sellado por la entidad bancaria en la que tenga la cuenta en la que desea se le ingrese el importe de la ayuda. Esta cuenta deberá mantenerse abierta hasta que se haga efectivo el pago de la ayuda solicitada, en caso contrario se entenderá que renuncia a la misma.
Otros documentos
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