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Solicitud de Subvención para la celebración de concursos, certámenes, muestra y ferias del Sector Primario (L-4.1)

Descripción

Subvención para la celebración de concursos, certámenes, muestra y ferias del Sector Primario (L-4.1)

Quien lo puede Presentar

Podrán beneficiarse de esta subvención los ayuntamientos de la isla de La Palma, así como las personas jurídicas o entidades asociativas sin ánimo de lucro que organicen ferias de ámbito insular (agrícolas o ganadera), ferias de ámbito comarcal, concursos y certámenes de productos agrarios, certámenes nacionales para razas autóctonas de La Palma y otros eventos para producción ecológica. Los eventos deberán tener carácter insular o comarcal, enfocados para promover la producción local, estén o no transformados, y que se celebren en un periodo máximo de dos días consecutivos.

Se podrá incorporar más de un evento en una misma solicitud, siempre que cada uno de ellos guarde relación con la promoción de los productos locales. Por ello, los productos agrarios deben haber sido producidos en La Palma. Si se trata de productos transformados se demostrará que la materia prima principal tiene un origen en esta isla. En caso de ser coincidente en tiempo, la celebración del conjunto no podrá superar en ningún caso un periodo máximo de dos días consecutivos.

Con el objetivo de lograr una mayor promoción de los productos locales, en el caso de catas y concursos, los productos premiados tendrán derecho a una etiqueta acreditativa para su comercialización.

Habrán de reunir a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, relativo a los requisitos para obtener la condición de beneficiarios, debiendo mantenerse estos durante el periodo de ejecución de los proyectos y justificación de las subvenciones concedidas.

Plazos de Presentación
18/07/2024 00:00:00 - 16/08/2024 23:59:00
Presentación

Una vez publicado el correspondiente extracto de convocatoria de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia, los interesados que deseen solicitar la subvención deberán presentar la solicitud firmada por el solicitante o su representante y formalizada en el modelo normalizado que se establezca en las bases, y que se hallará a disposición de las personas interesadas, a través de la Sede Electrónica de la página web de este Cabildo (Solicitud de Subvención para la celebración de concursos, certámenes, muestra y ferias del Sector Primario (L-4.1) (cabildodelapalma.es)), donde podrá recabar cualquier información relacionada con la convocatoria, así como en los Registros electrónicos a que se refiere el artículo 16.4 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La solicitud habrá de ir acompañada de la documentación establecida en las Bases. 

Plazo de resolución

El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento de concesión de subvención será de seis meses a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio

Los solicitantes podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo, si transcurrido el plazo máximo señalado en el párrafo anterior, no se ha dictado y notificado resolución expresa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recursos

Contra la Resolución que resuelve el procedimiento, que no agota la vía administrativa se podrá interponer Recurso de Alzada ante la Presidencia del Cabildo Insular de La Palma, de conformidad con el artículo 101 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Cabildo de La Palma y en concordancia con los artículos 83 y 84 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares, en el plazo de UN MES (1) contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, de conformidad con lo dispuesto en y los artículos 122 y 30.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante, el interesado podrá ejercitar cualquier otro que estime oportuno en defensa de sus derechos.

Información Adicional

OBJETO

Esta subvención tiene por objeto el fomento y la valorización del sector primario mediante la celebración de eventos varios que pueden adoptar diversas formas como concursos, certámenes, muestras, ferias, etc., y cuyo fin principal sea la promoción de los productos agrarios locales con la intención de estimular su producción local para aumentar así las posibilidades de comercialización e incrementar su rentabilidad.

Documentación relacionada
Anexo I - Solicitud

Anexo II - Memoria Descriptiva

Anexo IX - Relación clasificada de Gastos

Anexo VI - Modelo de aceptación

Anexo VII - Memoria de actuación justificativa

Bases Generales Reguladoras

Convocatoria

Nivel de identificación del solicitante
Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Substancial:
Acceso mediante sistema Cl@ve
Documentos a Presentar
Documentación
Anexo I - Modelo de solicitud.
Anexo I - (solicitud) que incluye: a.) Declaración responsable de las subvenciones que en su caso se hayan solicitado o concedido para el mismo fin. b.) Declaración responsable de no hallarse en ninguna de las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario conforme a lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. c.) Consentimiento Expreso para Consulta y Verificación de Datos, al objeto de recabar los certificados a emitir por la Hacienda Estatal, la Hacienda Canaria, la Seguridad Social y la Corporación Insular, acreditativos de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias. En caso de no prestar el consentimiento, el solicitante deberá aportar dichos certificados.
Anexo II - Memoria descriptiva del evento que se pretende realizar, incluyendo objetivos, costes y plan de financiación previsto.
Anexo II - (memoria descriptiva), describiendo el evento que se pretende realizar, incluyendo objetivos, costes y plan de financiación previsto.
Número de Identificación Fiscal (NIF).
Documento acreditativo del tipo de representación con que actúa. Si no autoriza a la consulta de su identidad, deberá aportar asimismo el DNI.
En el caso de personas extranjeras que actúen como representantes, Número de Identidad de Extranjero (NIE) o certificado de Ciudadano de la Unión Europea, junto a Pasaporte o documento de identidad del país de origen en vigor.
En el caso de personas extranjeras que actúen como representantes, Número de Identidad de Extranjero (NIE) o certificado de Ciudadano de la Unión Europea, junto a Pasaporte o documento de identidad del país de origen en vigor de la persona que firma la solicitud.
Otros Documentos
Alta a Terceros, en el supuesto de no haberse presentado con anterioridad o en el caso de modificación de datos personales o bancarios.
Original del Impreso Modelo de Alta a Terceros del Cabildo (modelo disponible en www.cabildodelapalma.es) cumplimentado y sellado por la entidad bancaria en la que tenga la cuenta en la que desea se le ingrese el importe.
Original del Impreso Modelo de Alta a Terceros del Cabildo (modelo disponible en la página web www.cabildodelapalma.es) cumplimentado y sellado por la entidad bancaria en la que tenga la cuenta en la que desea se le ingrese el importe de la ayuda. Esta cuenta deberá mantenerse abierta hasta que se haga efectivo el pago de la ayuda solicitada, en caso contrario se entenderá que renuncia a la misma.
Consentimiento Expreso Consulta y Verificación de Datos:
Cuando se oponga a que el Cabildo Insular de La Palma proceda a recabar de los órganos competentes la mencionada información
Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con AEAT
Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Canaria
Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con el propio Cabildo Insular de La Palma
La solicitud esta fuera de plazo
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