Solicitud de subvenciones para Organizaciones no Gubernamentales, Asociaciones y Entidades sin ánimo de lucro que realicen proyectos de carácter social en países extranjeros.
Organizaciones no Gubernamentales, Asociaciones y Entidades sin ánimo de lucro que realicen proyectos de carácter social en países extranjeros.
La presentación se realizará por vía telemática a través de la Sede Electrónica del Cabildo de La Palma (https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es) o a través del Registro Electrónico de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es/registro).
El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento de concesión de subvención será, como máximo, de TRES MESES a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Contra la resolución del procedimiento de concesión de subvención podrá interponerse potestativamente, RECURSO DE REPOSICIÓN ante el Presidente del Excmo. Cabildo Insular de La Palma en le plazo de UN MES, contando a partir del día siguiente a la notificación; o bien podrá interponerse directamente RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO en los términos establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación del mismo.
Bases reguladoras de la concesión de subvenciones a Organizaciones no Gubernamentales, Asociaciones y Entidades sin ánimo de lucro que realicen proyectos de Carácter Social en países extranjeros, aprobadas mediante Resolución 3547, de fecha 20 de abril de 2017, registrada el 05 de mayo de 2017, de la Consejera Insular de Servicios Sociales, Educación, Sanidad y Artesanía del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 61, de fecha 22 de mayo de 2017.
No hay tasas.
Anexo Aceptación Subvención
Anexo I Solicitud