Solicitud de subvención nominativa de Presidencia
Podrán ser beneficiarias las entidades que tengan prevista una subvención contempladas en el Plan Estratégico de Subvenciones desde el Servicio de Presidencia.
Todo el año 2023.
Se podrá presentar por vía telemática a través de la sede electrónica del Cabildo de La Palma (https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es). Igualmente podrá presentarse a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do).
Servicio de Presidencia
Contra el Decreto de concesión de la subvención, que pone fin a la vía administrativa, los interesados que se consideren lesionados en su derecho podrán interponer Recurso Potestativo de Reposición ante el Presidente de la Corporación Insular, de conformidad con el artículo 101 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento de este Excmo. Cabildo Insular y, en concordancia con los artículos 83 y 84 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares, en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 30.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de DOS MESES a contar de la notificación o publicación de la misma (art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). No obstante, también puede interponer cualquier otro recurso que estime pertinente en defensa de sus derechos.