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Solicitud de subvenciones de concesión directa de Acción Social para los afectados por el incendio ocurrido el 15 de julio de 2023 en los municipios de Tijarafe y Puntagorda para Viviendas y construcciones agrícolas

Descripción
Solicitud de subvenciones de concesión directa de Acción Social
Finalidad

Solicitud de Ayudas por la afectación total o parcial de viviendas que constituyan primera y segunda residencia, y construcciones agrícolas (incluyendo bodegas) en los municipios de Tijarafe y Puntagorda por el incendio ocurrido el 15 de julio de 2023.

Quien lo puede Presentar

Particulares (unidad de convivencia) y entidades

Plazos de Presentación

 

 

 

Presentación

Las solicitudes se presentarán en la Oficina de Atención al Ciudadano del Cabildo Insular de La Palma (Avda. Marítima, 3) y en sus Registros desconcentrados mediante el modelo oficial específicamente elaborado por el Cabildo de La Palma, que se adjunta como ANEXO I, debiendo estar cumplimentado y firmado por el solicitante o su representante legal, así como en su sede electrónica https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es.

Asimismo, las solicitudes también podrán presentarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a través de la sede electrónica de Registro Electrónico General del Ministerio de Hacienda y Función Pública (Red SARA) en la siguiente dirección: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do (siendo necesario para esta opción disponer de un certificado digital para proceder a la firma de la documentación) o de los demás registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a que se refiere el artículo 2.1 de la citada Ley 39/2015.

Asimismo, también podrá presentarse presencialmente en la Oficina de Atención Ciudadana del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en sus registros desconcentrados de Los Llanos de Aridane y de la Agencia de Extensión Agraria de San Andrés y Sauces, mediante cita previa que se podrá solicitar en la dirección http://citaprevia.lapalma.es/ o en el teléfono 922423100. También podrá presentarse en las oficinas de Correos y en cualquier otro de los registros a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Organo Gestor
Servicios Sociales
Plazo de resolución

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de concesión será de seis meses, a partir de la solicitud de la subvención nominativa.

 

Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos

Contra la Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer Recurso de Alzada ante el Presidente de la Corporación, de conformidad con el artículo 101 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento de este Excmo. Cabildo Insular y, en concordancia con los artículos 83 y 84 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de cabildos insulares, en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 122 y 30.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante, el interesado podrá ejercitar cualquier otro que estime oportuno en defensa de sus derechos.

Normativa básica

 Serán aplicables los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y del Reglamento de la misma aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, los preceptos no básicos de la referida Ley 38/2003 y su Reglamento y, supletoriamente, la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las Bases de Ejecución del Presupuesto para el presente ejercicio económico y cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.

Pago de tasas

No hay tasas.

Información Adicional

Estar contempladas en el presupuesto vigente del Cabildo de La Palma.

 

Documentación relacionada
ALTA A TERCEROS

Anexo II

Anexo III

Anexo IV

Solicitud

Nivel de identificación del solicitante
Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Substancial:
Acceso mediante sistema Cl@ve
Documentos a Presentar
Documentación requerida
Solicitud
Solicitud de subvención de concesión directa a particulares o entidades
NIF de la Entidad
Copia del NIF de la Entidad solicitante, si no consta en el Cabildo Insular de La Palma
Certificado de cargo
Certificación del cargo de representante legal de la Entidad, firmado por el secretario/a de la Entidad y visto buenos del representante legal de la misma
NIF del representante de la entidad
Copia del NIF del representante legal de la Entidad solicitante, si no consta en el Cabildo Insular de La Palma
Estatutos de la entidad solicitante, debidamente registrados en el Registro Oficial correspondiente.
Copia de los Estatutos de la Entidad solicitante, incluidas sus modificaciones, si no constan en el Cabildo Insular de La Palma
Consentimiento expreso para consulta y verificación de datos
Consentimiento expreso para la consulta y verificación de datos de estar al corriente de las obligaciones frente a la Seguridad Social y Excmo. Cabildo Insular de La Palma, Consejo Insular de Aguas y Escuela Insular de Música, y de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con Hacienda Estatal y Autonómica.
Alta de terceros cumplimentada y sellada por la entidad bancaria.
Alta de terceros cumplimentada y sellada por la entidad bancaria. Obligatoria En caso de no haber percibido con anterioridad ninguna subvención de esta corporación o en el supuesto de que la entidad desee que la subvención sea abonada en una cuenta corriente dista a la que ya consta en nuestros datos.
Documentación opcional
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