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Subvenciones destinadas a asociaciones que realicen actuaciones para la protección de los animales de compañía abandonados en la isla de La Palma

Descripción
Subvenciones destinadas a asociaciones que realicen actuaciones para la protección de los animales de compañía abandonados en la isla de La Palma
Finalidad

Subvenciones destinadas a asociaciones que realicen actuaciones para la protección de los animales de compañía abandonados en la isla de La Palma

Quien lo puede Presentar

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en la presente convocatoria, las asociaciones que reúnan los siguientes requisitos:

a) Asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones colaboradoras para la protección y defensa de los animales de compañía de Canarias o registro estatal equivalente.

b) Tener su domicilio social y realizar sus actuaciones en la isla de La Palma.

c) Recoger en sus estatutos como finalidad la defensa y protección de los animales.

d) Desarrollar, durante el ejercicio de cada convocatoria, un proyecto de acciones para reducir la presencia de animales abandonados en la Isla.

Plazos de Presentación
06/08/2025 00:01:00 - 20/08/2025 23:59:00
Presentación

Una vez publicado el extracto de esta convocatoria  en el Boletín Oficial de la Provincia, las asociaciones interesadas en solicitar la subvención deberán presentar la solicitud firmada por el representante, y formalizada en el modelo normalizado que se establezca en las bases. Este modelo se hallará a disposición de las personas interesadas, junto con este documento, en la Oficina de Atención Ciudadana del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en sus registros desconcentrados de Los Llanos de Aridane y San Andrés y Sauces, en las Agencias de Extensión Agraria de Breña Alta, San Andrés y Sauces, Los Llanos de Aridane, Puntagorda, y Villa de Garafía, en la Oficina Central del Servicio de Agricultura, Ganadería y Pesca, así como en la Sede Electrónica de la página web de este Cabildo (Subvenciones destinadas a asociaciones que realicen actuaciones para la protección de los animales de compañía abandonados en la isla de La Palma) donde podrá recabar cualquier información relacionada con la convocatoria.

La documentación necesaria para la tramitación de la subvención, así como la solicitud debidamente cumplimentada, firmada y dirigida a la Presidencia de la Corporación deberá presentarse en la Sede Electrónica del Cabildo Insular (Subvenciones destinadas a asociaciones que realicen actuaciones para la protección de los animales de compañía abandonados en la isla de La Palma).

La solicitud habrá de ir acompañada de la documentación establecida en las bases reguladoras de la subvención a Asociaciones que realicen actuaciones para la protección de los animales de compañía abandonados en la isla de La Palma.

Organo Gestor

Agricultura

Plazo de resolución

El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento de concesión de subvención será de SEIS MESES a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio

Los solicitantes podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo, si transcurrido el plazo máximo señalado en el párrafo anterior, no se ha dictado y notificado resolución expresa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recursos

La Resolución por la que se resuelve el procedimiento no agota la vía administrativa. Contra la misma se podrá interponer Recurso de Alzada ante el Presidente de la Corporación, de conformidad con el artículo 101 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento de este Excmo.Cabildo Insular y, en concordancia con los artículos 83 y 84 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de cabildos insulares, en el plazo de UN MES, contado a  partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 122 y 30.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante, el interesado podrá ejercitar cualquier otro que estime oportuno en defensa de sus derechos.

Información Adicional

Objeto

Apoyar a asociaciones de protección y defensa de los animales en la isla de La Palma. La finalidad de la subvención es sufragar gastos corrientes de funcionamiento que se consideren necesarios para la realización de actuaciones y acciones específicas destinadas a la protección de animales de compañía. En concreto se enfocará a los que se encuentren en estado de abandono, mediante su recogida y transporte en condiciones adecuadas, alojamiento y atención según sus necesidades, cesión en adopción, así como evitar su reproducción descontrolada. También se incluye todo tipo de iniciativas de concienciación ciudadana y de reversión de malas conductas.

Documentación relacionada
1. Anexo I - Solicitud

2. Anexo II - Memoria Descriptiva

3. Anexo III - Modelo de aceptación

4. Anexo IV - Memoria de actuación justificativa

5. Anexo V - Relación clasificada de Gastos

6. Anexo VI - Declaración responsable IGIC

7. Modelo cartel identificativo

8. Convocatoria Subvención Bienestar Animal

9. Bases Reguladoras Subvención Bienestar Animal

Nivel de identificación del solicitante
Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Substancial:
Acceso mediante sistema Cl@ve
Documentos a Presentar
Documentación que acompaña a la solicitud:
1. Anexo I - Modelo de solicitud
Anexo I - Modelo solicitud, que incluye: a. Declaración responsable de las subvenciones que en su caso se hayan solicitado o concedido para el mismo fin. b. Declaración responsable de no hallarse la entidad que representa en ninguna de las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario conforme a lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. c. Consentimiento Expreso para Consulta y Verificación de Datos, al objeto de recabar los certificados a emitir por la Hacienda Estatal, la Hacienda Canaria, la Seguridad Social y la Corporación Insular, acreditativos de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias. En caso de no prestar el consentimiento, el solicitante deberá aportar dichos certificados. d. La aceptación expresa de la subvención que se le asigne en la resolución de concesión.
2. Anexo II (memoria descriptiva)
Se hará una descripción de la entidad (apartado A), y del proyecto a ejecutar (apartados B y C), con el fin de considerarse en los aspectos a valorar en la base 8ª. El presupuesto se desglosará según apartado D y se especificarán los ingresos y gastos del proyecto en el apartado E.
3. Si no se acredita mediante la firma digital con certificado electrónico de representante, se aportará NIF de la persona jurídica, así como documento acreditativo del tipo de representación con el que se actúa, junto al documento de identidad.
Cuando no se acredite la representación mediante la firma digital con certificado electrónico de representante, se aportará Número de Identificación Fiscal (NIF) de la persona jurídica, así como documento acreditativo del tipo de representación con el que se actúa, junto al documento de identidad (D.N.I., N.I.E. o certificado de ciudadanía de la Unión Europea junto al pasaporte o documento de identidad del país de origen en vigor). La autorización a la consulta de su identidad tendrá el mismo valor que la presentación del documento de identidad.
4. Documento acreditativo de la inscripción en el Registro de Asociaciones de Canarias o registro estatal equivalente, donde conste fecha de declaración como colaboradora para la defensa y protección de los animales de compañía.
En caso de que se haya presentado en anteriores convocatorias y no haya cambios, se dejará constancia en la propia solicitud o por medio de una declaración jurada.
5. Los Estatutos de la entidad, o en su caso, Reglamento.
En caso de que se haya presentado en anteriores convocatorias y no haya cambios, se dejará constancia en la propia solicitud o por medio de una declaración jurada.
6. Certificación emitida por el Secretario de la respectiva entidad con el Visto Bueno del Presidente comprensivo del número total de asociados y que incluya el nombre, apellidos y número del DNI de todos ellos.
Se entiende por asociado a efectos de percibir esta subvención, la persona física/jurídica, registrada en la base de datos de cada entidad conforme sus respectivos estatutos o reglamentos, siempre que conste nombre, apellidos, DNI y domicilio, no contabilizándose aquellos que no reúnan estos datos.
7. Certificación emitida por el Secretario de la respectiva entidad con el Visto Bueno del Presidente comprensivo del número total de voluntarios y que incluya el nombre, apellidos y número del DNI de todos ellos.
Se entiende por voluntario a efectos de percibir esta subvención, la persona registrada en la base de datos de cada entidad conforme a la definición que reciban en sus respectivos estatutos o reglamentos, siempre que conste nombre, apellidos, DNI y domicilio, no contabilizándose aquellos que no reúnan estos datos.
8. Documento acreditativo de la designación de los cargos de presidente y secretario de la entidad (copia del acta o certificación del acuerdo de nombramiento).
9. En el supuesto de no haberse presentado con anterioridad o en el caso de modificación de datos personales o bancarios, se deberá aportar el original del Impreso Modelo de Alta a Terceros del Cabildo (modelo disponible www.cabildodelapalma.es).
En el supuesto de no haberse presentado con anterioridad o en el caso de modificación de datos personales o bancarios, se deberá aportar el original del Impreso Modelo de Alta a Terceros del Cabildo (modelo disponible en la página web www.cabildodelapalma.es). Una vez cumplimentado este modelo se acompañará de la documentación correspondiente, debiendo estar certificado por la entidad bancaria en la que tenga la cuenta en la que desea se le ingrese el importe de la ayuda. Esta cuenta deberá mantenerse abierta hasta que se haga efectivo el pago de la ayuda solicitada, en caso contrario se entenderá que renuncia a la misma.
Documentación que acompaña a la justificación:
1.- Escrito dirigido al Cabildo de La Palma, con la referencia del Servicio de Agricultura, Ganadería y Pesca y donde se recojan los datos de la asociación beneficiaria, y la documentación que aporta para su justificación.
Firmada por su representante legal.
2.- Memoria de actuación justificativa (Anexo IV) de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y los resultados obtenidos, así como las incidencias habidas en su realización.
Esta memoria deberá estar fechada y firmada por el representante legal de la asociación. En ella se deberá reflejar el cumplimiento y desarrollo de la memoria que sirvió de base para la concesión de la subvención, justificando y detallando en su caso los aspectos valorados en la base 8 por la que se le otorga la subvención (incorporando capturas de pantallas, enlaces a redes sociales y página web, fotografías de eventos, contratación de personal, etc.). La memoria deberá ir acompañada, en caso de que lo hubiera, del material de difusión (cartelería, dípticos, etc.) que evidencie la utilización de la imagen institucional del Cabildo, dejando, además, constancia de la financiación pública de la asociación con fotografías del cartel indicativo objeto de la subvención, en el formato y lugar establecido en la base 14 i). Cualquier modificación producida en el desarrollo de la memoria deberá señalarse en la memoria de actuación justificativa. Si la modificación es de carácter sustancial ésta debió ser solicitada por escrito antes de su realización y autorizada por el Cabildo Insular. En este caso deberá adjuntar los documentos de la solicitud de modificación y autorización de la misma.
3.- Relación clasificada de los gastos de la actividad sujeta a la subvención, firmada por el representante, según (Anexo V).
4.- Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa.
Dichas facturas han de ascender, como mínimo, al importe de la subvención concedida y habrán de reunir los requisitos reglamentariamente establecidos en el R.D. 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Estas facturas se acompañarán de los documentos justificativos en los términos descritos en esta base.
5.- Cuando se trate de gastos de personal que presten servicio mediante una relación laboral:
Se aportarán las nóminas así como la acreditación del pago de las mismas, acompañadas de los Recibos de Liquidación de Cotizaciones (RLC) y Relación Nominal de Trabajadores (RNT) según Anexo V para gastos de personal. Se admitirán como justificación de gastos de personal los comprobantes de pago de la Seguridad Social.
6.- Cuando se impute la retención del IRPF, se deberán aportar documentos de liquidación en Hacienda de las retenciones del IRFF (modelo 111 o 115 trimestral) y modelo 190 (resumen anual) así como el justificante de pago de los mismos.
7.- Cuando se pretenda justificar gastos derivados de impartir u organizar cursos, seminarios o jornadas, se deberá aportar junto con las correspondientes facturas documentación acreditativa de los mismos:
Número de participantes, programa, cartel anunciador, fotos del evento, etc., en la que se haga constar el patrocinio del Cabildo de La Palma. Para justificar estos gastos las actividades correspondientes deben aparecer en la memoria de actuación, indicando su relación con la actividad subvencionada.
8.- Declaración responsable de la exención del IGIC, en la que el beneficiario declara que el IGIC que expresan las facturas justificativas no tiene carácter deducible, a efectos de considerarlo gasto subvencionable, según modelo (Anexo VI).
9.- Declaración de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia o en su caso, declaración de que no se han recibido (Anexo IV).
10.- En su caso carta de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados.
Otros documentos.
La solicitud esta fuera de plazo
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