Solicitud de subvención nominativa Organización y Participación Ciudadana
Asociaciones de Vecinos de la Isla de La Palma
ÚNICAMENTE de forma TELEMÁTICA en la Sede electrónica del Cabildo Insular de La Palma, a través del trámite del procedimiento habilitado al efecto, según el modelo normalizado oficial específicamente elaborado por el Cabildo Insular de La Palma.
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del procedimiento será de SEIS MESES.
Contencioso administrativo o, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones;Ordenanza General de Subvenciones Cabildo Insular de La Palma.
NO
Estar contempladas en el presupuesto vigente del Cabildo de La Palma