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Solicitud de Subvención para el fomento de la ganadería ovina canaria de raza no palmera, caprina, porcina y cunícula (L-2.2)

Descripción
Solicitudes de Subvención para el fomento de la ganadería ovina canaria de raza no palmera, caprina, porcina y cunícula (L-2.2)
Quien lo puede Presentar

Podrán beneficiarse de estas subvenciones las personas físicas y jurídicas titulares de explotaciones ganaderas localizadas en La Palma, que hayan realizado la inscripción o actualizado los datos debidamente en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias (REGAC) y, en su caso, en el Registro de Identificación Individual de Animales (RIIA), con fecha anterior al 1 de marzo de 2024, que mantengan la actividad ganadera en la fecha en la que solicitan la ayuda, que tengan al menos 1 Unidad de Ganado Mayor (UGM), y que reúnan alguno de los siguientes requisitos:

     a) Que hayan tenido ovinos reproductores a fecha 1 de marzo de 2024, de otras razas ovinas canarias, o sus mezclas, distintas a la raza Ovina Palmera (certificada por la Asociación que gestione el libro genealógico).

     b) Que hayan tenido caprinos reproductores a fecha 1 de marzo de 2024, tanto de raza Caprina Palmera (certificada por la Asociación que gestione el libro genealógico) como de otras razas caprinas canarias, o sus cruces.

     c) Que hayan tenido porcinos reproductores a fecha 1 de marzo de 2024, tanto de raza Cochino Negro Canario (certificado por la Asociación que gestione el libro genealógico) como de otras razas porcinas, o sus cruces.  

      d) Que hayan tenido conejos reproductores a fecha 1 de marzo de 2024.

Habrán de reunir a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, relativo a los requisitos para obtener la condición de beneficiarios.

Plazos de Presentación
14/07/2025 00:01:00 - 01/08/2025 23:59:00
Presentación

Una vez publicado el correspondiente extracto de convocatoria de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia, los interesados que deseen solicitar la subvención deberán presentar la solicitud firmada por el solicitante o su representante y formalizada en el modelo normalizado que se establezca en las bases, y que se hallará a disposición de las personas interesadas, junto con este documento, en la Oficina de Atención Ciudadana del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en sus registros desconcentrados de Los Llanos de Aridane y San Andrés y Sauces, en las Agencias de Extensión Agraria de Breña Alta, Los Llanos de Aridane, Puntagorda y Garafía, en la Oficina Central del Servicio de Agricultura, Ganadería y Pesca, así como en la Sede Electrónica de la página web de este Cabildo (Solicitud de Subvención para el fomento de la ganadería ovina canaria de raza no palmera, caprina, porcina y cunícula (L-2.2)) donde podrá recabar cualquier información relacionada con la convocatoria o, en su caso, en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Dicha documentación se tendrá que presentar a través de la sede electrónica del Cabildo Insular de La Palma, o en el caso de personas físicas se admitirá también la presentación de la solicitud en los lugares indicados en la base 2.1, así como en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La solicitud habrá de ir acompañada de la documentación establecida, con carácter general para todas las subvenciones, así como de aquella documentación específica indicada, en su caso, para cada una de ellas. 

Plazo de resolución

El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento de concesión de subvención será de SEIS MESES a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos

Contra la Resolución que resuelve el procedimiento, que no agota la vía administrativa se podrá interponer Recurso de Alzada ante la Presidencia del Cabildo Insular de La Palma, de conformidad con el artículo 101 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Cabildo de La Palma y en concordancia con los artículos 83 y 84 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares , en el plazo de UN MES (1) contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, de conformidad con lo dispuesto en y los artículos 122 y 30.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante, el interesado podrá ejercitar cualquier otro que estime oportuno en defensa de sus derechos.

Información Adicional

Objeto

La presente subvención tiene por objeto el fomento del ganado ovino canario de raza no palmera, caprino de razas canarias, porcino y cunícula, en La Palma, como medio para garantizar la viabilidad futura y el crecimiento del sector ganadero.  A tal fin será subvencionable la tenencia a fecha 1 de marzo de 2024 de:  

a. Ovino canario reproductor de raza no palmera.

b. Caprino reproductor de razas canarias.

c. Porcino reproductor.

d. Conejos reproductores.

 

Documentación relacionada
1. Anexo I - Solicitud

2. Anexo III - Descripción de Ganado

3. Anexo VI - Modelo de aceptación

4. Modelo cartel indicativo

5. Convocatoria

6. Bases Generales Reguladoras

Nivel de identificación del solicitante
Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Substancial:
Acceso mediante sistema Cl@ve
Documentos a Presentar
Documentación
1. Anexo I - Modelo de solicitud.
Anexo I (solicitud) que incluye: a. Declaración responsable de las subvenciones que en su caso se hayan solicitado o concedido para el mismo fin. b. Declaración responsable de no hallarse en ninguna de las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario conforme a lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. c. Modelo de Consentimiento Expreso para Consulta y Verificación de Datos, al objeto de recabar los certificados a emitir por la Hacienda Estatal, la Hacienda Canaria, la Seguridad Social y la Corporación Insular, acreditativos de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias. En caso de no prestar el consentimiento, cada solicitante deberá aportar dichos certificados.
2. Anexo III (Descripción de ganado), cumplimentando el apartado C para ovino de raza no palmera, el apartado D para ganado caprino, el apartado E para ganado porcino y el apartado F para el ganado cunícula.
3. En el caso de personas físicas, DNI del solicitante, si no autoriza a la consulta de su identidad.
4. En el caso de personas jurídicas, Número de Identificación Fiscal (NIF).
5. Cuando se solicite a través de representante legal, documento acreditativo del tipo de representación con que actúa. Si no autoriza a la consulta de su identidad, deberá aportar asimismo el DNI.
Cuando se solicite a través de representante legal, documento acreditativo del tipo de representación con que actúa. Si no autoriza a la consulta de su identidad, deberá aportar asimismo el DNI.
6. En el caso de personas extranjeras que soliciten o actúen como representantes.
Número de Identidad de Extranjero (NIE) o certificado de Ciudadano de la Unión Europea, junto a Pasaporte o documento de identidad del país de origen en vigor de la persona que firma la solicitud.
7. En el caso de solicitar ayuda para los reproductores de caprino Palmero o Cochino Negro Canario, certificado de pertenecer a la asociación de criadores correspondiente y de que los animales hayan sido inscritos en el Libro Genealógico.
8. En el supuesto de no haberse presentado con anterioridad o en el caso de modificación de datos personales o bancarios, se deberá aportar el original del Impreso Modelo de Alta a Terceros del Cabildo (modelo disponible www.cabildodelapalma.es).
En el supuesto de no haberse presentado con anterioridad o en el caso de modificación de datos personales o bancarios, se deberá aportar el original del Impreso Modelo de Alta a Terceros del Cabildo (modelo disponible en la página web www.cabildodelapalma.es) cumplimentado y sellado por la entidad bancaria en la que tenga la cuenta en la que desea se le ingrese el importe de la ayuda. Esta cuenta deberá mantenerse abierta hasta que se haga efectivo el pago de la ayuda solicitada, en caso contrario se entenderá que renuncia a la misma.
Otros Documentos:
La solicitud esta fuera de plazo
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