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Solicitud de subvenciones para las acciones de formación para la obtención de permisos de conducción y capacitación para el desempeño profesional

Descripción

Solicitud de subvenciones para las acciones de formación para la obtención de permisos de conducción y capacitación para el desempeño profesional

Finalidad

Subvenciones para mejorar la empleabilidad y facilitar la inserción y la promoción laboral de las personas residentes en la Isla de La Palma, dotándolas de las cualificaciones profesionales requeridas para el desempeño de puestos de trabajo de conductor/a.

Quien lo puede Presentar

Tendrán la condición de beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, cumplan la totalidad de los siguientes requisitos:

  1. Los solicitantes deberán acreditar la residencia legal en territorio español y estar empadronado/a en alguno de los municipios de la Isla de La Palma con una antigüedad mínima e ininterrumpida de seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria.
  2. Tener cumplidos los 18 años de edad. Asimismo, se deberá cumplir la edad mínima requerida por la normativa vigente para la obtención de cada uno de los permisos de conducción profesionales objeto de la subvención.
  3. Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B en vigor, o en su caso, el permiso de conducción obligatorio para acceder al curso para obtener el Certificado de Aptitud Profesional (CAP) (Carné C o D).

En el caso de las personas que estén residiendo en territorio español, que hayan obtenido el carné de conducir en otros países, deberán haber realizado el canje del permiso o los trámites ante la Dirección General de Tráfico que fueran necesarios para poder conducir en España.

  1. Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal, autonómica y con el Excmo. Cabildo Insular de La Palma y sus organismos autónomos, así como con la Seguridad Social.
  2. Encontrarse en situación de desempleo e inscrito/a como demandante de empleo en una oficina del Servicio Canario de Empleo durante los tres meses anteriores a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria y mantener dicha condición, al menos, hasta la fecha de formalización de la matrícula en el centro de formación.

En el caso de beneficiarios de la modalidad 5.7.b), deberán acreditar la condición de desempleado durante el periodo previo e ininterrumpido de tres meses anteriores a la fecha la obtención del permiso o superación del CAP.

  1. El solicitante deberá encontrarse de alta a terceros en el Cabildo Insular de La Palma con carácter previo a la concesión de la subvención. Este trámite resulta necesario para poder efectuar el pago de la subvención por transferencia bancaria.

 

  1. Adicionalmente, la persona solicitante deberá encontrarse en una de las siguientes situaciones respecto a la formación para la cual solicita la subvención

a) En proceso de iniciar la formación, o ya iniciada: Personas que, cumpliendo todos los requisitos anteriores, tienen la intención de iniciar la formación para la obtención de uno de los permisos subvencionables, o ya la han iniciado pero sin haber finalizado.

Esta situación se acreditará mediante la presentación de una factura proforma de una autoescuela autorizada, conforme se detalla en la Base 6ª de las Bases Reguladoras de la subvención, o en caso de estar ya matriculados, justificante de matrícula.

b) Formación finalizada y permiso obtenido recientemente: Personas que, cumpliendo todos los requisitos anteriores en el momento de obtener el permiso, ya hubieran finalizado la formación y obtenido el permiso de conducción correspondiente, o superado el curso CAP, con fecha de expedición entre el 1 de enero de la anualidad de la respectiva convocatoria y la fecha de presentación de su solicitud, siempre que la factura haya sido emitida y abonada dentro de dicho periodo.

Esta situación se acreditará presentando la factura definitiva, el justificante de pago y la copia del permiso obtenido, conforme se detalla en la Base 6ª de las Bases Reguladoras de la subvención.

Se consideran gastos subvencionables aquellos que respondan de manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada, que se hayan realizado o se realicen entre el 1 de enero de 2025, y el 30 de junio de 2026 y sean estrictamente necesarios para la obtención del permiso o certificado correspondiente. Serán gastos subvencionables los siguientes:

  • Matrícula en una autoescuela o centro de formación autorizado con sede en la Isla de La Palma y gastos de gestión.
  • Material didáctico para la formación teórica.
  • Acceso a la formación on line.
  • Coste de las clases prácticas de destreza (circuito cerrado) y de circulación (vías abiertas al tráfico), con un máximo de 20 clases prácticas de conducción o maniobras por cada permiso solicitado.
  • Tasas de examen de la Dirección General de Tráfico (primera convocatoria).
  • Coste del curso de cualificación inicial del Certificado de Aptitud Profesional (CAP), en modalidad transporte de mercancías o viajeros, incluyendo las clases prácticas.

En ningún caso se considerarán gastos subvencionables los siguientes:

  • Los costes de expedición del certificado de aptitud psicofísica.
  • Los gastos de renovación de expediente o tasas por convocatorias adicionales en caso de no superar los exámenes.
  • Clases prácticas que excedan del número máximo establecido como subvencionable.
  • Cursos de renovación del CAP (formación continua).
  • Cualquier otro gasto no vinculado directamente con los conceptos del apartado 2.2 de las Bases Reguladoras.

En ningún caso serán subvencionables los gastos de renovación de expediente o tasas por convocatorias adicionales en caso de no superar los exámenes.

De conformidad con lo establecido en el artículo 31.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los importes correspondientes al Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) que graven los gastos subvencionables se considerarán gasto elegible.

 Para que dicho gasto sea admitido en la justificación, la persona beneficiaria deberá acreditar que el impuesto no es susceptible de recuperación o compensación. Dicha acreditación se entenderá realizada mediante la declaración responsable incluida en la solicitud (Anexo I), en la que el/la solicitante manifiesta cumplir todos los requisitos exigidos en las bases reguladoras.

 

Plazos de Presentación
03/11/2025 00:01:00 - 14/11/2025 23:59:00
Presentación

De manera presencial en el Registro General de entrada de esta Corporación, en los Registros auxiliares de la Corporación ubicados en Los Llanos de Aridane y en San Andrés y Sauces, previa solicitud de cita previa (https://citaprevia.lapalma.es/). En este sentido también podrán presentarse a través de las Oficina de Registro Virtual de cualquier Administración Pública que disponga de la misma (ORVE).

 De manera electrónica, podrá presentarse a través de la sede electrónica del Cabildo Insular de La Palma, a través del procedimiento del trámite habilitado al efecto, o a través de la sede electrónica del Registro Electrónico General del Ministerio de Hacienda y Función Pública (Red SARA), siendo necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica (cl@ve), que sean operativos en la sede electrónica y que la Corporación considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma. O bien por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Si en uso de este derecho, la documentación es remitida por correo postal, se presentará en sobre abierto para que sea fechada y sellada la solicitud por el funcionario/a de correos, antes de que proceda a su certificación.

Plazo de resolución

El plazo máximo para dictar y publicar la resolución del procedimiento será de SEIS (6) MESES, computándose a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de las solicitudes de subvención.

Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio

Los/as interesados/as podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo, si transcurrido el plazo máximo señalado en el párrafo anterior, no se ha dictado y notificado resolución expresa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recursos

Contra la Resolución de concesión de la subvención que no agota la vía administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 101.2 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular (publicado en el BOP Nº 33 de 16 de marzo de 2018), en concordancia con el artículo 84.2 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares, los/as interesados/as que se consideren lesionados en sus derechos, podrán interponer Recurso de Alzada ante la Presidencia del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en el plazo de UN (1) MES contado desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución de concesión en el Tablón de Anuncios de la Corporación en la sede electrónica https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30.4, 45.1 b), 121.1 y 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto recurso, la resolución será firme a todos los efectos.

Normativa básica

Bases Reguladoras de las SUBVENCIONES PARA LAS ACCIONES DE FORMACIÓN PARA LA OBTENCIÓN DE PERMISOS DE CONDUCCIÓN Y CAPACITACIÓN PARA EL DESEMPEÑO PROFESIONAL, aprobadas por la Comisión del Pleno de Hacienda y Recursos Humanos, Formación y Empleo, Residuos, Industria y Energía, del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en Sesión Ordinaria celebrada el 29 de septiembre de 2025, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 123 de fecha 13 de octubre de 2025.

Todo lo no dispuesto en las bases reguladoras, se regirá por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la LGS; en la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Cabildo Insular de La Palma; en las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Corporación para cada ejercicio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; y demás normativa que resulte de aplicación.

Información Adicional

Enlace a las Bases Reguladoras.

 

https://www.bopsantacruzdetenerife.es/boletines/2025/13-10-25/13-10-25.pdf

Documentación relacionada
ANEXO I SOLICITUD DE SUBVENCIÓN

ANEXO II MODELO DE ESCRITO DE SUBSANACIÓN Y APORTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN

ANEXO III MODELO DE ACEPTACIÓN Y SOLICITUD DE PAGO ANTICIPADO

ANEXO IV DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE OTRAS SUBVENCIONES, AYUDAS, INGRESOS O RECURSOS

ANEXO V MODELO DE SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN

ANEXO VI CUENTA JUSTIFICATIVA

ANEXO VII RELACION DE GASTOS

Convocatoria

CONVOCATORIA 2025 CARNETS Y CAP

Otros documentos técnicos

EXTRACTO CONVOCATORIO BOP 132

Publicación TEU

BASES PUBLICADAS BOP 123

Nivel de identificación del solicitante
Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Substancial:
Acceso mediante sistema Cl@ve
Documentos a Presentar
Documentación obligatoria
Solicitud de subvención (ANEXO I)
Las solicitudes deberán presentarse obligatoriamente según el modelo oficial específicamente elaborado por el Cabildo Insular de La Palma, que se adjunta como ANEXO I en las Bases Reguladoras, la misma deberá estar debidamente cumplimentada y firmada por el/la solicitante en nombre propio, o en su caso, por el/la representante que actúe en su nombre.
Documentación acreditativa de la identidad (NIF/DNI) del solicitante
Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identidad de Extranjero (NIE) en vigor de la persona solicitante (solo en caso de no autorizar su consulta), y de la persona representante, en su caso.
Documentación acreditativa de la identidad para peticionarios extranjeros
En el caso de personas ciudadanas de la Unión Europea: Certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea o Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea o Permiso de Residencia Permanente. En el caso de personas extranjeras, autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena y/o cuenta propia, T.I.E.
ANEXO IV Declaración responsable sobre otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos
Declaración responsable sobre otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos sobre la subvención para acciones de formación para la obtención de permisos de conducción para el desempeño profesional o certificación CAP, conforme al Anexo IV debidamente cumplimentado.
Acreditación de la representación
Documentación acreditativa de la representación, (poder notarial, declaración en comparecencia personal del interesado o por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna) en su caso.
Certificado empadronamiento individual
Certificado empadronamiento individual que acredite la residencia en la Isla de La Palma, durante los seis meses anteriores a la publicación de la convocatoria.
Copia del permiso correspondiente en vigor
Copia del permiso de conducción de la clase B en vigor, o en su caso, del permiso de conducción obligatorio para acceder al curso para obtener el Certificado de Aptitud Profesional (CAP) (Carné C o D).
Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social (Si no autoriza consulta)
Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (Si no autoriza consulta)
Certificado acreditativo de encontrarse al corriente de sus obligaciones con la Agencia Tributaria Canaria. (Si no autoriza consulta)
Certificado del cumplimiento de las obligaciones de deuda con el propio Cabildo Insular de La Palma y sus Organismos Autónomos. (Si no autoriza solicitud de consulta)
Documento de Alta a Terceros debidamente cumplimentado, en caso de no estar dado de alta previamente en el Cabildo Insular de La Palma.
Modelo de datos de terceros del Cabildo Insular de La Palma: debidamente cumplimentado, sellado y firmado por la entidad bancaria y firmado electrónicamente con certificado válido por la persona autónoma o representante legal de la empresa. Sólo presentar en el caso de no tener alta de terceros en el Cabildo o querer modificar la cuenta bancaria. Documentos acreditativos de la personalidad física que acompañan el modelo de datos de terceros del Cabildo.
Documentación específica obligatoria para solicitantes en la situación 5.7.a) (En proceso de iniciar la formación, o ya iniciado pero no finalizada)
Factura proforma detallada de una autoescuela o centro de formación autorizado de La Palma para la formación solicitada.
Certificado de matrícula, en caso de estar ya matriculado y haber iniciado la formación.
Documentación específica obligaotira para solicitantes en la situació 5.7. b) (Formación ya finalizada)
Anexo VII, debidamente cumplimentado sobre la relación de gastos de la actividad realizada, donde conste el detalle de los gastos realizados para la obtención del permiso o certificado subvencionado.
-Anexo VII, debidamente cumplimentado sobre la relación de gastos de la actividad realizada, donde conste el detalle de los gastos realizados para la obtención del permiso o certificado subvencionado.
Copia del permiso de conducción o del certificado CAP obtenido.
Factura o facturas detalladas.
Factura o facturas detalladas emitidas por la autoescuela o centro de formación a nombre de la persona solicitante, emitidas en el periodo indicado en la convocatoria y justificantes de pago de conformidad con la Base 11.1.b) 2).
Documentación a efectos de valoración según Base 9ª
Situación sociolaboral (hasta 40 puntos)
Certificado de periodos de inscripción como demandante de empleo emitido por el Servicio Canario de Empleo, en el que consten los periodos en situación de desempleo, al menos durante los últimos dieciocho meses antes de la fecha de la convocatoria.
Criterios demográficos (hasta 7 puntos)
Certificado de empadronamiento individual que acredite la residencia en el/los municipios a valorar, durante los últimos seis meses.
Situación personal (hasta 25 puntos, acumulables)
- Los solicitantes de la subvención que figuren inscritos en el Registro Único de personas afectadas por las erupciones volcánicas en la Isla de La Palma, podrán autorizar al Cabildo Insular de La Palma para obtener y/o consultar el Registro Único de la Oficina de Coordinación Económica y de Asistencia a los afectados por el volcán, para comprobar la inscripción. En el caso de formulación expresa en contrario formulada por el solicitante, deberán aportar certificación acreditativa de tal circunstancia, con una fecha de emisión máxima de los seis meses anteriores a la publicación del extracto de la convocatoria. Si por cualquier motivo la consulta a las plataformas de intermediación de datos indicada en el/los punto/s anterior/es no ofreciese la información requerida para la tramitación del expediente se podrá solicitar a la persona o empresa interesada la documentación acreditativa correspondiente. - Se acreditará mediante la presentación conjunta de la copia del Libro de Familia y la documentación adicional que corresponda según el caso (certificado de defunción progenitor, certificado literal de nacimiento, sentencia judicial que acredite la guardia y custodia en exclusiva y la no percepción de pensión de alimentos, o se establezca patria potestad en exclusiva, etc.) - Sentencia condenatoria por un delito de violencia de género. - Orden de protección vigente. - Cualquier medida que acuerde medidas cautelares. - Informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género. - Certificado de los servicios sociales, servicios especializados o de los servicios de acogida destinados a víctimas de violencia de género. - Certificado del Grado de Discapacidad, emitido por organismo oficial competente. - Título de Familia Numerosa en vigor, expedido por la Consejería competente del Gobierno de Canarias, u órgano competente.
Nivel de estudios (hasta 13 puntos, no acumulables)
- Para acreditar el Nivel de estudios: - Graduado Escolar o Competencias Clave nivel 2: - Título de Graduado Escolar. - Certificado oficial que acredite la superación de las pruebas de competencias clave de nivel 2. - Educación Secundaria Obligatoria (E.S.O.) o Prueba de Acceso a Grado Medio: - Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. - Certificación Prueba de acceso a ciclos formativos de Grado Medio. - Bachiller, Prueba de acceso a Grado Superior o Competencias Clave nivel 3, Prueba de Acceso a la Universidad para Mayores de 25: - Título de Bachiller. - Prueba de acceso a ciclos formativos de Grado Superior. - Certificado oficial que acredite la superación de las pruebas de competencias clave de nivel 3. - Prueba de Acceso a la Universidad para Mayores de 25. - Formación profesional de Grado Medio: - Título de Técnico/a en la especialidad correspondiente. - Formación profesional de Grado Superior: - Título de Técnico/a Superior en la especialidad correspondiente.
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